SERVICIO DE CONTROL INTEGRADO DE PLAGAS Y TRATAMIENTOS PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA LEGIONELOSIS
DESTINATARIOS:
Ayuntamientos en cuyos municipios exista una población inferior a 20.000 habitantes y Entidades de Ámbito Territorial Inferior al Municipio (EATIM) de la provincia de Toledo.
El servicio se prestará por la empresa gestora desde el 08/01/2024 hasta el 08/01/2028.
OBJETIVO:
La Diputación pretende dar asistencia a los Ayuntamientos y EATIM de la provincia de Toledo en el control integrado de plagas mediante la desratización, desinfección y desinsectación (en adelante DDD) así como en la realización de los tratamientos para la prevención y control de la legionelosis en edificios e instalaciones de titularidad municipal.
Quedan excluidos los insectos xilófagos y similares que afecten a la estructura de las edificaciones y no al medio ambiente. Esto incluye a termitas y carcomas. También se excluye del servicio el control de las poblaciones de palomas urbanas.
ÁMBITO DE APLICACIÓN:
A. Actuaciones de Control Integrado de Plagas consistentes en la Desinfección, Desinsectación y Desratización (DDD) en las siguientes instalaciones:
- Red de saneamiento-alcantarillado, salidas de aguas fecales y zonas exteriores.
Se deberá efectuar al menos un tratamiento cada 2 meses durante el periodo comprendido entre los meses de septiembre y abril (ambos incluidos) y en el periodo comprendido entre los meses de mayo y agosto (ambos incluidos) se realizará mensual. El tiempo mínimo para la realización de las visitas de inspección, evaluación y tratamiento en cada uno de los municipios (tomando como referencia los datos de población del padrón municipal que cada año publica el Instituto Nacional de Estadística) no podrá ser inferior a:
- 3 horas en Ayuntamientos y EATIM con población entre 1 y 300 habitantes.
- 4 horas en Ayuntamientos y EATIM con población entre 301 y 1.000 habitantes.
- 6 horas en Ayuntamientos y EATIM con población entre 1.001 y 3.000 habitantes.
- 8 horas en Ayuntamientos y EATIM con población entre 3.001 y 5.000 habitantes.
- 12 horas en Ayuntamientos y EATIM con población entre 5.001 y 7.000 habitantes.
- 16 horas en Ayuntamientos y EATIM con población entre 7.001 y 10.000 habitantes.
- 20 horas en Ayuntamientos y EATIM con población superior a 10.000 e inferior a 20.000 habitantes.
- Edificios de titularidad municipal, con gestión directa y que no generen una actividad económico-empresarial.
Cada Ayuntamiento o EATIM decide los edificios municipales en los que se realizarán los tratamientos que, en todo caso, deberán ser de titularidad municipal, con gestión directa y que no generen una actividad económico-empresarial. El número máximo de edificios municipales que se tratarán en cada Ayuntamiento y EATIM (tomando como referencia los datos de población del padrón municipal que cada año publica el Instituto Nacional de Estadística) será:
- 3 edificios en Ayuntamientos y EATIM con población entre 1 y 500 habitantes.
- 4 edificios en Ayuntamientos y EATIM con población entre 501 y 1.000 habitantes.
- 5 edificios en Ayuntamientos y EATIM con población entre 1.001 y 3.000 habitantes.
- 6 edificios en Ayuntamientos y EATIM con población entre 3.001 y 5.000 habitantes.
- 7 edificios en Ayuntamientos y EATIM con población entre 5.001 y 8.000 habitantes.
- 8 edificios en Ayuntamientos y EATIM con población entre 8.001 y 11.000 habitantes.
- 9 edificios en Ayuntamientos y EATIM con población superior a 11.000 e inferior a 20.000 habitantes.
- Piscinas municipales al aire libre.
En las piscinas municipales al aire libre, durante los meses de mayo y junio, se desinsectarán los vestuarios, aseos, playas, zonas de restauración, zona de contenedores, zonas comunes, sala de máquinas y, cuando la inspección sanitaria así lo requiera.
B. Actuaciones de Prevención y Control de la Legionelosis en las siguientes instalaciones:
- Piscinas municipales al aire libre.
- Edificios municipales con sistema de agua caliente/fría.
- Sistemas de riego por aspersión municipales en casco urbano.
- Fuentes ornamentales municipales que generen aerosoles.
- Dispositivos de baldeo y limpieza de calles que generen aerosoles.
ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO
La empresa gestora del servicio, deberá avisar con una antelación mínima de 48 horas al responsable del centro, edificio, instalación o red de alcantarillado, para no entorpecer su normal funcionamiento, debiendo obtener consentimiento y autorización expresa por escrito de que, en la fecha y hora en que vaya a realizarse la actuación, habrá algún empleado público que acompañe al personal encargado de los tratamientos y firme el correspondiente parte de trabajo. Si no se llegase a obtener dicho consentimiento y autorización se deberá avisar al Servicio de Medio Ambiente y Mundo Rural.
Ese mismo día se le remitirá al responsable del centro o instalación copia del parte de trabajo y, al cabo de unos días, los certificados y/o documentos pertinentes para su consulta por la Autoridad Sanitaria si lo requiriese, así como las medidas correctoras propuestas.
CONTENIDO DEL SERVICIO:
CONTROL INTEGRADO DE PLAGAS (DDD)
En el Control Integrado de Plagas se emplearán las medidas necesarias para mantener la población de especies nocivas por debajo del umbral de tolerancia, priorizando la implantación de medidas pasivas y de métodos de control mecánicos, físicos, y/o biológicos, sobre el uso de biocidas químicos, con el objeto de minimizar los riesgos para la salud y el medio ambiente.
En este tipo de actuaciones es preciso distinguir entre visitas programadas y visitas no programadas (avisos):
- Visitas programadas
En las visitas programadas la empresa realizará un diagnóstico de situación, no siendo necesario el tratamiento mientras no se detecte la presencia de especies nocivas. Cuando se detecte la presencia de especies nocivas se procederá a su identificación, determinación del grado de infestación, posibles focos y establecimiento de las causas o motivos que han permitido su presencia y/o proliferación, y se llevará a cabo el tratamiento necesario.
Una vez realizado el diagnóstico de situación, se indicarán las medidas correctoras necesarias sobre los elementos estructurales y constructivos (modificaciones, reparaciones, etc.), las de optimización de las condiciones higiénico-sanitarias y ambientales y las de mejora del comportamiento y hábitos saludables (orden, limpieza, gestión de residuos, etc.).
- Visitas no programadas (avisos)
Las actuaciones programadas, se complementarán, con un servicio de actuaciones específicas derivadas de la recepción de avisos por presencia de especies plaga. Dichos avisos, serán remitidos por los Ayuntamientos a la empresa gestora del servicio.
Todo aviso requiere que se identifique al denunciante, (al que se identificará y se tomarán los datos de contacto) y se cumplimentará con el mayor grado de detalle el formulario de aviso disponible al final de esta página, teniendo en cuenta que:
- Deberá rellenarse un aviso por cada calle en la que se haya producido el avistamiento de especie plaga indicando el número, cruce o zona concreta en la que se ha constatado la presencia de la misma.
- Deberá rellenarse un aviso por cada centro o instalación en la que se haya producido el avistamiento de especie plaga especificando la zona concreta en la que se ha constatado la presencia de la misma.
Para comunicar un aviso, el Ayuntamiento o EATIM deberá rellenar el formulario de aviso y enviarlo a la dirección de correo electrónico: diputoledo@biblion.es
TRATAMIENTOS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA LEGIONELOSIS
Las actuaciones de prevención y control de la legionelosis se realizarán de acuerdo a la normativa reguladora (RD 487/2022, por el que se establecen los criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis, así como la Guía técnica para la Prevención y Control de la Legionelosis en instalaciones del Ministerio de Sanidad.
La empresa elaborará para cada centro o instalación un PPCL (Plan de Prevención y Control de la Legionelosis) o un PSL (Plan Sanitario frente a Legionella), así como los registros de las operaciones de mantenimiento que se deban realizar y cumplimentarán la documentación y registros necesarios acreditativos de los trtamientos realizados.
Para instalaciones de riesgo en establecimientos que tienen ya el programa de mantenimiento implantado, las actuaciones serán:
- Limpieza y desinfección.
- Toma de muestras y análisis de legionella.
- Evaluación del Programa de Mantenimiento.
- Registros.
Es importante destacar que el responsable del centro o instalación será el encargado del mantenimiento y cumplimentación del programa de mantenimiento.
INFORMACIÓN:
Contacto con el Servicio de Agricultura, Medio Ambiente y Mundo Rural de la Diputación Provincial de Toledo:
- Teléfonos: 925 287 794 / 925 248 030 (Ext. 2102 y 2105).
- Correo electrónico: agropecuarios@diputoledo.es
Contacto con la empresa gestora del servicio:
- Empresa: BIBLION IBÉRICA
- Teléfono: 915556431
- Email: diputoledo@biblion.es
COSTE:
Este servicio es gratuito para Ayuntamientos y EATIM.