INTRODUCCIÓN
El Servicio de Patrimonio de la Diputación Provincial de Toledo, según el Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, se encarga del Patrimonio de las Entidades Locales -Inventario, Registro de los Bienes y Administración-, de la Conservación y tutela de los mismos, Disfrute y aprovechamiento de los bienes, así como de la Enajenación.
El patrimonio de las entidades locales estará constituido por el conjunto de bienes, derechos y acciones que les pertenezcan. El régimen de bienes de las entidades locales se regirá:
- Por la legislación básica del Estado en materia de Régimen Local.
- Por la legislación básica del Estado reguladora del régimen jurídico de los bienes de las Administraciones Públicas.
- Por la legislación que en el ámbito de sus competencias dicten las Comunidades Autónomas.
- En defecto de la legislación a que se refieren los apartados anteriores, por la legislación estatal no básica en materia de Régimen Local y bienes públicos.
- Por las Ordenanzas propias de cada entidad.
- Supletoriamente por las restantes normas de los ordenamientos jurídicos, administrativo y civil.
En todo caso, se aplicará el derecho estatal de conformidad con el artículo 149.3 de la Constitución.