Igualdad - PRESENTACIÓN Y DATOS DE INTERES

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IGUALDAD

Última modificación

21-05-2025

Adjunta Dirección del Área

ASOCIACIONES DE MUJERES 2025

PRESENTACIÓN Y DATOS DE INTERES

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INTRODUCCIÓN

Esta subvención esta orientada a la realización de actividades en materia de estudio y prevención de la violencia de género, fomento de los programas de igualdad y acciones de desarrollo personal, de las Asociaciones de Mujeres de la provincia, durante el ejercicio 2025.

 

 

  • BENEFICIARIAS: Las asociaciones de mujeres, sin ánimo de lucro, que tengan su domicilio social y fiscal en la provincia de Toledo. 
  • TIPO DE SUBVENCIÓN: Por concurrencia competitiva.
  • SUBVENCIÓN MÁXIMA POR ENTIDAD: 2.500 euros.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES:
    • Actuaciones dirigidas a sensibilización y prevención de la violencia de género, fomento de los programas de igualdad.
    • Gastos derivados de actividades culturales (desplazamientos, entradas, visitas guiadas).
    • Acciones de desarrollo personal, (tales como talleres, charlas, etc. que deberán ser realizados por terceros).
  • JUSTIFICACIÓN: Tras la resolución definitiva, se justificará el importe de la subvención concedida.

  • CONTACTO:

    • Correo:  igualdad@diputoledo.es

    • Teléfono: 925 25 93 00 EXT: 2073

PLAZOS Y DOCUMENTACIÓN A APORTAR

  • SOLICITUD:
    • Plazo de presentación: hasta el 22 de junio de 2025.
    • Documentación a aportar:
      • ANEXO I.- Solicitud y Documento acreditativo de cumplir lo establecido en la base segunda de la presente convocatoria.
      • Copia del la tarjeta CIF de la asociación.
      • Certificado actualizado de estar inscrita en el registro de asociaciones.
      • Ficha de tercero (cumplimentada y firmada por la persona representante de la asociación). Junto con el certificado bancario de la cuenta reflejada en la ficha de tercero. Ambos documentos solo son necesarios si no los han aportado en convocatorias anteriores o hay alguna modificación que comunicar.

 

  • PLAZO DE REALIZACIÓN: hasta el 31 de diciembre de 2025.

 

  • JUSTIFICACIÓN:
    • Plazo de justificación: hasta el 31 de enero de 2026.
    • Documentos a aportar:
      • Anexo II.-Solicitud del pago de la subvención, suscrita por el Presidente/a de la Entidad beneficiaria.
      • Anexo III.- Declaración responsable.
      • Anexo IV.- Cuenta justificativa y memoria de actividades objeto de la subvención, certificada por el Presidente/a de la Entidad beneficiaria que, en todo caso, contendrá:
        • a) relación clasificada de los gastos realizados y directamente relacionados con la actividad objeto de subvención, con identificación del acreedor y del documento, su importe y fecha de emisión. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto, se indicarán las desviaciones acaecidas respecto del mismo.

          b) acreditación de que el importe de la subvención, por sí o en concurrencia con otras ayudas o subvenciones obtenidas para el mismo fin, no supera el gasto realizado con destino a éste. En el caso de existir otras ayudas o subvenciones se expresará la persona o entidad concedente y su importe.

      • Copia de las facturas incluidas en la cuanta justificativa. Todas las facturas que se presenten deberán contener los datos que exige el artículo 30 de la Ley General de subvenciones y el Real Decreto 1496 de 2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento que regula la obligación de facturar y que son los siguientes:

Requisitos de las facturas:

  • Indicación expresa de que se trata de una factura, número, fecha y lugar de emisión. 
  • Nombre y apellidos o denominación social, número de identificación fiscal y domicilio de quien la expide y de la asociación destinataria de la misma.
  • Descripción del concepto y fecha de realización de la operación y su contraprestación total.
  • Desglose de I.V.A con indicación del tipo aplicable (no se admitirán facturas sin el I.V.A. desglosado). En el caso de que quien emite la factura tenga exención de I.V.A. debe reflejar: “Exento de I.V.A. en virtud del artículo que corresponda (indicar cuál) de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.”
  • Las facturas deberán ser fechadas en el año en que se concede la subvención, y corresponder a servicios realizados en el mismo año.

BASES

Las presentes Bases reguladoras y convocatoria tienen por objeto impulsar y promover la actividad en materia de estudio y prevención de la violencia de género, fomento de los programas de igualdad y acciones de desarrollo personal, promovida por las Asociaciones de mujeres que tengan su domicilio social y fiscal en la provincia de Toledo. 

 

BOP

A través de este enlace puede descargarse el BOP con la publicación de la convocatoria:

ANEXOS SUBVENCIONES ASOC. MUJERES 2025

Fichero de descarga:

ANEXO I.docx

Observaciones a la descarga: Solicitud de la subvención

Fichero de descarga:

ANEXO II.docx

Observaciones a la descarga: Solicitud de pago

Fichero de descarga:

ANEXO III.docx

Observaciones a la descarga: Declaración responsable

Fichero de descarga:

ANEXO IV.docx

Observaciones a la descarga: Cuenta jutificativa y memoria