OBJETO Y FINALIDAD
Constituye el objeto de las presentes bases regular el procedimiento, requisitos y condiciones para la aprobación de la creación senderos propuestos por los ayuntamientos y EATIM hasta agotar el crédito disponible.
La finalidad de la Red de Senderos de la Provincia de Toledo de la Diputación de Toledo es apoyar a las localidades en la creación de senderos señalizados homologados para incrementar la oferta de ocio y la divulgación del patrimonio cultural, histórico y medioambiental en la provincia, promocionando el desarrollo local.
DESTINATARIOS
Para la creación de nuevos senderos a incorporar en la Red de Senderos, podrán acogerse a la presente convocatoria los ayuntamientos y EATIM (entidades de ámbito territorial inferior al municipio) de la provincia de Toledo cuya población sea inferior a 20 000 habitantes (según las últimas cifras oficiales de población resultantes del padrón municipal publicado en el INE), independientemente de que parte del trazado pudiese discurrir por los términos municipales de poblaciones superiores a 20 000 habitantes.
Condiciones a tener en cuenta:
- No se admitirá más de una propuesta por ayuntamiento o EATIM.
- Existe la posibilidad de presentar propuestas firmadas por dos o más ayuntamientos o EATIM conjuntamente.
- Los ayuntamientos y EATIM adjudicatarios para la creación de nuevos senderos no podrán volver a solicitar la participación en este programa hasta transcurridos tres años desde la aprobación por la Junta de Gobierno de la Diputación de la adjudicación.
Los proyectos seleccionados se ejecutarán por la Diputación Provincial de Toledo durante el año 2026 mediante licitación del correspondiente contrato a través de la empresa adjudicataria.
DOTACIÓN PRESUPUESTARIA
El crédito destinado a financiar las actuaciones de esta convocatoria con 72.000 euros está previsto en el presupuesto general del año 2026 de la Diputación Provincial de Toledo
SOLICITUDES
Las solicitudes se formalizarán mediante instancia dirigida a la Ilma. Sra. presidenta de la Diputación Provincial (Anexo I) y se presentarán, junto a la documentación que más adelante se detalla, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de estas bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo.
De conformidad con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes se presentarán de forma telemática con firma electrónica a través de cualquiera de los siguientes medios:
- A través de la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Toledo (https://diputacion.toledo.gob.es/procedimientos_y_servicios), en el apartado “Solicitud de Propósito General”.
- A través del ORVE.
- A través de cualquier otro registro telemático previsto en el artículo 16.4 la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
No serán admitidas a trámite las solicitudes que se presenten fuera del plazo establecido o por medios distintos a los anteriormente señalados.
Una vez revisadas las solicitudes presentadas, se publicará anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo dando un plazo de diez días, a contar desde el siguiente a su publicación, para subsanar las deficiencias detectadas en la relación de solicitudes recibidas, que se encontrará disponible en la página web del Servicio de Agricultura, Medio Ambiente y Mundo Rural de la Diputación Provincial.
La documentación relativa a la subsanación se presentará, igualmente, de forma telemática, en los lugares indicados con anterioridad.
CONCESIÓN
Una Comisión creada al efecto, con las solicitudes recibidas y en base a los criterios fijados, llevará a cabo la valoración y concesión de los nuevos senderos a realizar.
Se valorará especialmente el que sean rutas circulares y con gran riqueza patrimonial, desde el punto de vista naturalístico, agrario, etnográfico e histórico. Se priorizarán los recorridos que posean a lo largo del trayecto una mayor cantidad de puntos de interés. Estos pueden ser:
- Naturalísticos: paisaje, flora y vegetación, fauna, formaciones geológicas…
- Agrarios, con diversidad de ambientes agrícolas, ganaderos o forestales.
- Etnográficos, con presencia de estructuras de industrias, oficios o construcciones tradicionales, tales como molinos, caleras, carboneras, apriscos, chozos, potros de herrar, casas de labor, abrevaderos…
- Históricos, con la existencia a lo largo del trayecto de edificios o infraestructuras con valor patrimonial, tales como puentes o ermitas, o parajes con alto interés cultural y simbólico por haberse desarrollado allí hechos históricos de relevancia.
De acuerdo con los criterios previstos en la base novena, la Comisión realizará la valoración de los senderos propuestos por los ayuntamientos a fin de establecer una prelación entre las mismas y adjudicar, con el límite del crédito, aquellos senderos que hayan obtenido mayor valoración.
Los proyectos seleccionados se ejecutarán por la Diputación Provincial de Toledo a través de la empresa adjudicataria. Las obras a realizar sobre el terreno consistirán básicamente en la instalación de balizas de señalización, pintado de marcas indicativas y colocación de cartelería a lo largo del trayecto. Además se llevará a cabo un proyecto técnico de cada una de las rutas, la promoción en diferentes soportes de cada ruta puesta en marcha, etc.
RESOLUCIÓN
El plazo para resolver y notificar la resolución del procedimiento de adjudicación será de tres meses, como máximo, desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. De no recaer resolución expresa en este plazo, las solicitudes se entenderán desestimadas por silencio administrativo.
INFORMACIÓN
Teléfonos: 925 287 794 / 925 248 030 (Ext. 2106 y 2111)
Correo electrónico: jtorija@diputoledo.es