Medio Ambiente - Subvención para entidades privadas sin ánimo de lucro

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Última modificación

06-06-2023

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DESARROLLO SOSTENIBLE

Subvención para entidades privadas sin ánimo de lucro

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SUBVENCIÓN PARA ENTIDADES PRIVADAS SIN ÁNIMO DE LUCRO

 

OBJETO DE LA CONVOCATORIA

La convocatoria tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones a conceder, en régimen de concurrencia competitiva, por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, con cargo a los créditos de sus presupuestos, a proyectos e iniciativas cuyas finalidades sean el impulso, la promoción y la alineación de políticas públicas, así como la realización de actividades para el fortalecimiento e implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.

 

PROYECTOS SUBVENCIONABLES

Las subvenciones irán destinadas a subvencionar proyectos o iniciativas relativos a:

a) Actuaciones/Actividades que promuevan acciones de incidencia política y social para el impulso de políticas públicas y planificación estratégica alineadas con los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 y con la Estrategia de Desarrollo Sostenible 2030.

b) Actuaciones que promuevan la generación e implementación de proyectos pilotos y de buenas prácticas que favorezcan el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030, así como de las prioridades de actuación de la Estrategia de Desarrollo Sostenible 2030.

c) Proyectos situados en el marco de la innovación social y la I+D+i que planteen nuevas metodologías, escenarios y enfoques para avanzar en el cumplimiento de la implementación de la Agenda 2030 y que tengan como eje vertebrador la investigación y el conocimiento.

d) Proyectos y actividades que promuevan el trabajo en red y a la generación de alianzas multiactor inclusivas, en línea con el Objetivo de Desarrollo Sostenible 17, sobre una visión centrada en las personas y el planeta, que tengan como objetivo fortalecer y acelerar la implementación de la Agenda 2030.

e) Iniciativas de comunicación y desarrollo de campañas transformadoras que generen conocimiento e implicación de la sociedad en general con el impulso de la Agenda 2030.

El plazo máximo para ejecutar cada proyecto o iniciativa, será de un año a partir de la publicación de la resolución de concesión correspondiente.

 

ENTIDADES BENEFICIARIAS

Podrán obtener la condición de entidad beneficiaria las asociaciones, fundaciones especialmente las de ámbito supraterritorial o nacional y demás entidades privadas sin ánimo de lucro, las entidades que integran la economía social, definidas en el artículo 2 de la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social, y las universidades creadas conforme a la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. Todas estas entidades deben estar legalmente constituidas e inscritas, en su caso, en los correspondientes registros, así como carecer de ánimo de lucro. Además, sus objetivos deberán estar alineados con alguno de los Objetivos de Desarrollo Sostenible y/o Metas de la Agenda 2030, que promuevan el bienestar colectivo.

 

SOLICITUDES

Los solicitantes deberán presentar las solicitudes por el registro electrónico de la Administración o por el del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, e irán dirigidas a la Secretaría de Estado para la Agenda 2030.

Las solicitudes deberán formalizarse en el modelo normalizado que estará disponible en la página web del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y las correspondientes convocatorias determinarán las memorias y documentos que deban aportarse.

El plazo de presentación de solicitudes será, como máximo, de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado.

 

ENTRADA EN VIGOR

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado