Presentación y Datos de Interés
PRESENTACIÓN
La cultura constituye un elemento esencial de la identidad de nuestros pueblos, contribuye a conservar la memoria colectiva y favorece la transmisión de tradiciones, conocimientos y expresiones artísticas entre generaciones. La música, el teatro, la danza, la literatura, el cine o las artes plásticas son, además, instrumentos de participación, convivencia y cohesión social.
La Diputación Provincial de Toledo pone en marcha la convocatoria anticipada de subvenciones para la promoción y fomento de la actividad cultural en las Entidades Locales de la provincia durante el ejercicio 2027, con el objetivo de impulsar la actividad artístico-cultural y apoyar a los municipios en la organización y desarrollo de iniciativas culturales.
El programa pretende:
- Impulsar y promover la actividad cultural en los municipios de la provincia.
- Favorecer la creación artística, la participación social y la difusión de la cultura.
- Reforzar la identidad cultural y la memoria colectiva de los pueblos.
- Facilitar a las Entidades Locales recursos para desarrollar actividades culturales, atendiendo a su tamaño y población.
La convocatoria se articula mediante concesión directa, de manera que las Entidades Locales no compiten entre sí por las ayudas, sino que, una vez acreditado el cumplimiento de los requisitos, pueden acceder a una subvención en función de su población y de las actuaciones subvencionables presentadas.
DATOS DE INTERÉS:
- PLAZOS Y DOCUMENTACIÓN A APORTAR:
- Solicitud: hasta el 31 de diciembre de 2026.
- Anexo I.
- Anexo II: memoria descriptiva y valorada de las actuaciones.
- Facturas proforma o presupuestos de las actividades incluidas en la solicitud.
- Cuando corresponda, documentación complementaria descriptiva de los espectáculos o eventos culturales solicitados.
- Realización de las actividades: desde la fecha de solicitud hasta el 15 de octubre de 2027.
- Justificación: hasta el 15 de noviembre de 2027.
- Anexo III: solicitud de pago.
- Anexo IV: certificación.
- Anexo V: cuenta justificativa, memoria de las actuaciones y relación de facturas y gastos.
- Excepcionalmente, previa solicitud presentada antes del 15 de noviembre y debidamente justificada, el plazo de justificación podrá ampliarse hasta el 31 de marzo de 2028.
- BENEFICIARIOS: Los Ayuntamientos, las Entidades Locales Menores de la provincia de Toledo y pedanías, excepto los Ayuntamientos de Toledo, Talavera de la Reina, Illescas y Seseña.
- OBJETO DE SUBVENCIÓN: Serán subvencionables las actividades e iniciativas artístico-culturales de música, danza, baile, ballet, teatro, cine, fotografía, magia, pintura, escultura, literatura, poesía o recital literario de grupos profesionales o asociaciones culturales o musicales con domicilio social y fiscal en la provincia de Toledo.
- SUBVENCIÓN MÁXIMA POR Nº DE HABITANTES :
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Pedanías, cuantía máxima e individualizada hasta 500 €, por pedanía.
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Municipios hasta 1.000 habitantes y EATIMs, cuantía máxima e individualizada hasta 4.000 €, por municipio o EATIMs.
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Municipios entre 1.001 habitantes hasta 5.000 habitantes, cuantía máxima e individualizada hasta 5.000 €, por municipio.
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Municipios entre 5.001 habitantes hasta 10.000 habitantes, cuantía máxima e individualizada hasta 6.000 €, por municipio.
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Municipios con más de 10.000 habitantes, cuantía máxima e individualizada hasta 7.000 €, por municipio.
- CONTACTO:
- Correo: eromero@diputoledo.es
- Teléfono: 925 25 93 00 EXT: 5124