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BIENESTAR SOCIAL, FAMILIA Y JUVENTUD

Última modificación

18-11-2025

FAMILIA Y JUVENTUD

CONVOCATORIA ENTIDADES PERSONAS DISCAPACIDAD SERVICIO APOYO INFANTO-JUVENIL

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NUEVA CONVOCATORIA Publicada en el BOP de fecha 25/11/2025.

CONVOCATORIA  DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y FUNDACIONES DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD DIVERSA Y/O ENFERMEDADES RARAS  PARA LA PREVENCIÓN Y MEJORA DE PROBLEMAS DE COMUNICACIÓN Y APRENDIZAJE DE NIÑOS Y JÓVENES EN FAMILIAS VULNERABLES DURANTE EL PRIMER SEMESTRE DE 2026

Objeto y finalidad.

Esta Convocatoria tiene por objeto financiar los gastos de los profesionales que desarrollan el servicio especializado de apoyo Infanto-Juvenil, durante el primer semestre de 2026, de las Asociaciones y Fundaciones de personas con discapacidad diversa y/o enfermedades raras de la provincia de Toledo, teniendo una experiencia previa de al menos dos años en esta labor, para ofrecer apoyos dirigidos a la mejora del funcionamiento y la participación de niños y adolescentes entre los 6 y 17 años que tienen algún tipo de desafío, dificultad transitoria o permanente en cualquiera de las áreas social, comunicativa, motora, cognitiva, emocional, adaptativa y/o aprendizaje con el fin de que mejoren su calidad de vida, al mismo tiempo que se apuesta por la inclusión social, educativa y laboral.

La finalidad es ofrecer la intervención de los profesionales del servicio especializado de apoyo Infanto-Juvenil de forma gratuita a las familias vulnerables con escasos recursos económicos, pudiendo beneficiarse tanto los nuevos usuarios como los que ya le estuvieran recibiendo, sean o no asociados.

Cuantía total máxima de subvención.

 La cuantía individualizada de subvención por beneficiario será de 7.500 €.

Plazo de presentación de solicitudes.

Desde el 26 de noviembre hasta el 17 de diciembre de 2025.

Presentación de solicitudes.

 (Anexo I) acompañado de la memoria (Anexo II).

Gastos subvencionables.

Los costes salariales y de seguridad social del personal prestador del servicio especializado de apoyo infanto-juvenil, así como los de prestación ser servicio por profesionales por cuenta propia.

CONVOCATORIA 2025

Plazo y forma de justificación.

El plazo de justificación de la subvención concluirá el 31 de julio de 2026 dando lugar, en caso contrario, a la pérdida del derecho al cobro total o parcial de la subvención en el supuesto de falta de justificación o de concurrencia de alguna de las causas previstas en el art. 37 de la Ley General de Subvenciones.

Documentos justificativos:

  • Solicitud de pago de la subvención (Anexo III).
  • Cuenta justificativa (Anexo IV).
  • Memoria de actuación (Anexo V).
  • Nóminas de los trabajadores (facturas en el supuesto de trabajadores por cuenta propia o empresa de servicios) en las que figurará la aportación de la empresa, de lo contrario se presentará el listado de los resúmenes de las nóminas o costes de empresa.