SEGUNDA CONVOCATORIA DESTINADA A LAS EE.LL QUE NO OBTUVIERON SUBVENCIÓN EN LA PRIMERA CONVOCATORIA.
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA SEGUNDA ARMONIZACIÓN Y RESPIRO FAMILIAR MEDIANTE LA FINANCIACION DE GASTOS DE PERSONAL DERIVADOS DE LA CONTRATACIÓN DESTINADA A ACOGER, ATENDER Y CUIDAR ESCOLARES EN LOS CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA, CENTROS RURALES AGRUPADOS Y CENTROS DE EDUCACIÓN ESPECIAL UBICADOS EN LAS ENTIDADES LOCALES DE LA PROVINCIA DE TOLEDO PARA EL CURSO ESCOLAR 2026-2027.
Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 1 de septiembre de 2026.
Plazo de presentación de solicitudes desde el 2 al 15 de septiembre de 2026.
(LAS BASES SON LAS MISMAS QUE LAS DE LA PRIMERA CONVOCATORIA).
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA ARMONIZACIÓN Y RESPIRO FAMILIAR MEDIANTE LA FINANCIACION DE GASTOS DE PERSONAL DERIVADOS DE LA CONTRATACIÓN DESTINADA A ACOGER, ATENDER Y CUIDAR ESCOLARES EN LOS CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA, CENTROS RURALES AGRUPADOS Y CENTROS DE EDUCACIÓN ESPECIAL UBICADOS EN LAS ENTIDADES LOCALES DE LA PROVINCIA DE TOLEDO PARA EL CURSO ESCOLAR 2026-2027
Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 3 de junio de 2026.
RESOLUCIÓN CONVOCATORIA
Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 28 de julio de 2026.
Plazo y forma de justificación.
Con el objeto de acreditar el cumplimiento de las condiciones impuestas y justificar la aplicación de los fondos obtenidos a los fines previstos en la Convocatoria, las Entidades Locales beneficiarias deberán presentar los siguientes documentos justificativos:
-Solicitud del pago de la subvención, firmada electrónicamente, suscrita por el Alcalde/sa o Presidente de la Entidad Local beneficiaria (Anexo II).
-Cuenta justificativa (Anexo III), certificada por la Secretaría de la Entidad beneficiaria que, en su caso, contendrá la relación de gastos e ingresos objeto de subvención realizados directamente por la propia Entidad Local o mediante gestión externa.
-Ficha del trabajador (Anexo IV), que comprenderá el horario, el centro de trabajo y las fechas de inicio y fin de la prestación del servicio.
El plazo de presentación de la justificación será hasta el 30 de septiembre de 2027 dando lugar, en caso contrario, a la pérdida del derecho al cobro total o parcial de la subvención en el supuesto de falta de justificación o de concurrencia de alguna de las causas previstas en el art. 37 de la Ley General de Subvenciones.
La documentación justificativa se presentará por los medios telemáticos y lugares indicados en la base novena para la presentación de las solicitudes.
CONVOCATORIA CURSO ESCOLAR 2025/26
En fase de justificación
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