Bienestar Social, Familia Y Juventud - Programa "Dipudeportivo" 2024

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BIENESTAR SOCIAL, FAMILIA Y JUVENTUD

Última modificación

29-11-2024

FAMILIA Y JUVENTUD

Programa "Dipudeportivo" 2024

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CONVOCATORIA PROGRAMA "DIPUDEPORTIVO" 2024

Publicada en el B.O.P. de fecha 11/07/24.

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el día 1/08/24 (inclusive).

OBJETO

La concesión de subvenciones, por un importe máximo de 1.000 €,  a las Entidades Locales de la provincia de Toledo, con una población igual o inferior a 6.000 habitantes, destinadas a financiar los gastos que se generen del desarrollo de actividades de ocio y tiempo libre en los meses de julio, agosto y septiembre de 2024.

GASTOS SUBVENCIONABLES

Se considerarán gastos subvencionables aquellos en los que incurra la Entidad Local beneficiaria y que directamente, y de forma indubitada, respondan a la realización o promoción de las actividades de ocio y tiempo libre desarrolladas por:

  • Una empresa especializada contratada.
  • El personal contratado por la Entidad beneficiaria.
  • El personal fijo o eventual dependiente de la Entidad beneficiaria, computándose las retribuciones correspondientes al tiempo efectivamente dedicado a la actividad subvencionada.

El ámbito territorial de las actividades se circunscribirá a la localidad de la Entidad beneficiara, siendo subvencionables:

  • Gastos de organización de las actividades de ocio y tiempo libre realizadas por una empresa especializada: Multiaventura, Paintball, Grand Prix, Acuática, Yincana, etc…
  • Campamentos urbanos.

Quedan excluidos los gastos siguientes:

  • Actividades deportivas.
  • Charlas.
  • Gastos de transportes.
  • Actividades subvencionadas u organizadas por la Diputación Provincial de Toledo.

DOCUMENTACIÓN

Solicitud (Anexo I) junto con el proyecto y presupuesto de la actividad de ocio y tiempo.

RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE LA CONVOCATORIA

Publicado su extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 15/10/2024.

Se adjunta RESOLUCIÓN y DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA.

El plazo de presentación de la justificación será hasta el 31 de diciembre de 2024 dando lugar, en caso contrario, a la pérdida del derecho al cobro total o parcial de la subvención en el supuesto de falta de justificación o de concurrencia de alguna de las causas previstas en el art. 37 de la Ley General de Subvenciones.