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BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA PÚBLICA
PRIMERO:
1.- OBJETO Y FINALIDAD
El objeto de la presente convocatoria es la formación de un catálogo de actividades artístico-culturales que se pondrá a disposición de los ayuntamientos y entidades locales de la provincia de Toledo a partir del presente año de 2024.
El objetivo que se persigue con la presente convocatoria es impulsar la actividad cultural en los municipios de la provincia de Toledo y promover la actividad artístico-cultural de los grupos profesionales y de las asociaciones culturales constituidas y radicadas de la provincia de Toledo.
2.- REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN LA CONVOCATORIA
Podrán participar en la convocatoria, a través de la presentación de sus propuestas, las empresas, grupos o compañías profesionales así como las formaciones artístico-culturales no profesionales que ejerzan su actividad en el marco de una entidad privada, sin ánimo de lucro, constituida legalmente, que se acreditará mediante certificado de inscripción en el registro de asociaciones con fecha previa a la publicación de este anuncio, con domicilio social y fiscal en la provincia de Toledo.
3.- SOLICITUDES.- Lugar, plazo y forma de presentación de las solicitudes:
1.- Los interesados deberán presentar la solicitud de inclusión en el catálogo, dirigida a la presidenta, en el Registro General de la Diputación Provincial de Toledo o en los registros a que hace referencia el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La presentación se realizará, preferentemente, a través de la Sede electrónica de la Diputación Provincial de Toledo accesible a través de la página web www.diputoledo.es
2.- En virtud de lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, las personas jurídicas estarán obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, lo que conlleva la obligación de disponer de certificado electrónico.
3.- Plazo: El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales a contar desde el día siguiente al de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo.
4.- Los solicitantes deberán presentar una ficha según modelo adjunto. Deberán evitar información genérica que no se relacione directamente con lo aquí solicitado.
5.- Una vez formulado el catálogo y con el fin de mantener su validez en el tiempo, deberá solicitarse de manera razonada, cualquier cambio que se proponga, en especial la sustitución de espectáculos o la actualización del caché con el que se ofrecen.
6.- Igualmente, una vez resuelta por la Junta de Gobierno esta Convocatoria, a partir del día siguiente de publicado el catálogo en la página web de la Diputación Provincial de Toledo, se podrá solicitar la inclusión de nuevas iniciativas y actores.
4.- BASES DE PARTICIPACIÓN
1.- Podrán presentarse los trabajos, montajes o producciones de artes escénicas (danza, música, teatro), cine y magia, ejecutados por artistas/grupos/compañías profesionales así como aquellos procedentes de formaciones artístico-culturales no profesionales que ejerzan su actividad en el marco de una entidad privada sin ánimo de lucro constituidas legalmente, y con domicilio social y fiscal en la provincia de Toledo, con anterioridad a la fecha de la publicación de la convocatoria en el BOP, que se acreditará por parte de los profesionales mediante certificado tributario de situación censal emitido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, y por parte de las entidades privadas sin ánimo de lucro, certificado de inscripción en el registro de asociaciones.
Cuando la oferta del artista/grupo/compañía sea presentada a través de representante ha de cumplir necesariamente el requisito anterior y acreditar la representación con poder suficiente.
2.- Cada artista/grupo/compañía constará en el catálogo con la denominación artística que indique y, en su defecto, con la denominación legal. Se podrá presentar un máximo de dos espectáculos artístico-culturales, indicando título, edad recomendada para su visualización, el caché base de cada uno de ellos y, obligatoriamente, uno o varios enlaces a una plataforma virtual en la que poder visualizarlo. La ausencia de material audiovisual supondrá la no inclusión del espectáculo en el Catálogo.
3.- El caché deberá incluir los gastos de desplazamiento a cualquiera de los municipios de la provincia de Toledo, e indicar desglosado el IVA, y el IRPF. Las asociaciones culturales exentas de IVA obligatoriamente adjuntarán el certificado de exención.
4.- El encuadre y exclusión, cuando proceda, de cada espectáculo propuesto en la modalidad correspondiente del catálogo se realizará por acuerdo de la Junta de Gobierno a propuesta del Servicio de Educación y Cultura. Con posterioridad, una vez aprobado el documento, se podrán solicitar cambios en el mismo que serán autorizados por el Diputado Delegado de Educación, Cultura, Publicaciones e Imprenta.
5.- Los participantes en el catálogo serán los únicos responsables, a todos los efectos, del desarrollo de sus espectáculos, así como de la adecuación de toda su actividad a la legislación vigente.
5.- MOTIVOS DE EXCLUSIÓN DEL CATÁLOGO
1.- No está permitido el uso de hinchables y similares en las actividades artístico-culturales incluidas en el Catálogo. La Diputación Provincial se guarda el derecho de comprobación de los espectáculos realizados.
2.- Las representaciones teatrales enmarcadas en “Teatro Familiar” deberán ajustar sus contenidos para todos los públicos. En caso de producirse incidencias en este sentido podrán ser excluidos del Catálogo.
3.- El Servicio de Educación y Cultura podrá, a la vista de las circunstancias que pudieran sobrevenir en relación con cualquier espectáculo inscrito en el catálogo, acordar su retirada temporal o definitiva del mismo, atendiendo a criterios de idoneidad, según lo establecido en las presentes bases.
ESTRUCTURA DE ACTIVIDADES
La clasificación de la oferta se agrupa en cuatro bloques por orden alfabético (Danza, Música, Teatro y Varios) e incluye un total de 30 modalidades de actividades artístico-culturales.
Bloque A. DANZA:
- Actividad A1. Ballet clásico
- Actividad A2. Danza moderna/contemporánea
- Actividad A3. Danza folclórica española
- Actividad A4. Bailes de salón
- Actividad A5. Otras danzas
- Bloque B. MÚSICA:
- Actividad B1. Canción española y/o flamenco
- Actividad B2. Conciertos didácticos
- Actividad B3. Género lírico: ópera y zarzuela
- Actividad B4. Música clásica/cámara
- Actividad B5. Música coral polifónica
- Actividad B6. Música de bandas y rondallas
- Actividad B7. Música de jazz/blues/soul
- Actividad B8. Música folk
- Actividad B9. Música infantil
- Actividad B10. Música pop
- Actividad B11. Música rock
- Actividad B12. Música electrónica
- Actividad B13. Música urbana
- Actividad B14. Otras músicas
ØBloque C. TEATRO:
- Actividad C1. Teatro de adultos
- Actividad C2. Teatro familiar
- Actividad C3. Teatro de calle
- Actividad C4. Teatro infantil
- Actividad C5. Teatro musical
- Actividad C6. Microteatro
- Bloque D. VARIOS:
- Actividad D1. Cine
- Actividad D2. Magia
- Actividad D3. Comedia/monólogos
- Actividad D4. Recital literario
- Actividad D5. Actividades circenses
- Actividad D6. Talleres y actividades de pintura
Este catálogo estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2026.