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Última modificación
11-12-2024
B.O.P. nº 205 de fecha 24 de octubre de 2024
PLAZO DE SOLICITUD: Hasta el 8 de noviembre de 2024 (incluido)
PLAZO DE JUSTIFICACIÓN: Hasta el 30 de junio de 2025 (incluido)
OBJETO DE LA CONVOCATORIA:
Subvenciones a Entidades Locales u Organismos Autónomos Administrativos (PDM, IMD...) de la provincia de Toledo destinadas a financiar los gastos que generen las Escuelas de Iniciación , derivados del ejercicio de las competencias que les corresponden en materia de deportes y que les resultan atribuidas por el artículo 25.2 l) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases sobre el Régimen Local.
DESTINATARIOS:
Entidades Locales u Organismos Autónomos Administrativos (PDM, IMD...) de la provincia de Toledo, quedando exceptuados los ayuntamientos cuya población exceda de 5.000 habitantes conforme al padrón municipal de fecha 01 de enero de 2023, según el INE.
SOLICITUDES:
Las solicitudes se presentarán en el plazo de DIEZ DÍAS a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de estas bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo.
Lugares de presentación:
No serán admitidas a trámite las solicitudes que se presenten fuera del plazo establecido o por medios distintos a los anteriormente señalados.
Una vez revisadas las solicitudes presentadas, se publicará anuncio en el B.O.P. dando un plazo de diez días, a contar desde el siguiente a su publicación, para subsanar las deficiencias detectadas.
La documentación relativa a la subsanación se presentará, igualmente, de forma telemática, en lo lugares indicados con anterioridad.
CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN:
Con carácter general, se establece una subvención máxima e individualizada por Entidad Local u Organismo Autónomo Administrativo beneficiario de:
MUNICIPIOS HASTA 1.500 HABITANTES |
Hasta 720 € por escuela deportiva |
---|---|
MUNICIPIOS DE 1.501 a 5.000 HABITANTES |
Hasta 600 € por escuela deportiva |
RESOLUCIÓN:
Las solicitudes presentadas serán evaluadas por una Comisión integrada por los siguientes miembros:
1) Diputada de Deportes.
2) Adjunto a la Dirección del Área de Deportes.
3) Jefe del Servicio de Deportes
4) Técnico del Servicio de Deportes (Secretario).
En un plazo máximo de 10 días, una vez terminado el plazo de subsanación de deficiencias, la Diputada de Deportes, a la vista del expediente y del informe de la Comisión de Valoración, formulará un listado provisional concesión nº escuelas, que se publicará en el BOP, teniendo un plazo de 10 días a contar desde el día siguiente a su publicación para posibles reclamaciones.
Terminado el plazo de reclamación sobre el listado provisional de adjudicaciones, y una vez examinadas las alegaciones aducidas por los interesados (si hubiera), se elevará propuesta de resolución definitiva a la Junta de Gobierno de la Diputación de Toledo.
La convocatoria se resolverá en el plazo máximo de DOS MESES a contar desde la terminación del plazo de presentación de solicitudes. Dicha resolución se publicará en el BOP, en el término 1MES desde la firma.
Una vez concedidas las Escuelas Deportivas, deberán remitir la siguiente documentación ANTES DEL INICIO de las mismas:
JUSTIFICACIÓN:
La justificación de la subvención deberá presentarse hasta el 30 de junio de 2025, dándose lugar, en caso contrario, a la pérdida del derecho al cobro total o parcial de la subvención en el supuesto de falta de justificación o de concurrencia de alguna de las causas previstas en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones.
Lugares de presentación:
MODALIDADES DEPORTIVAS:
Ajedrez, Atletismo, Bádminton, Baloncesto, Balonmano, Fútbol Sala, Gimnasia Rítmica, Judo, Kárate, Multideporte, Pádel, Patinaje, Tenis y Voleibol.
Las solicitudes de otras modalidades deportivas serán estudiadas de forma individual.
EDADES Y CATEGORÍAS:
CATEGORÍAS | EDAD |
---|---|
INFANTIL | 2011 - 2012 |
ALEVÍN | 2013 - 2014 |
BENJAMÍN | 2015 - 2016 |
PREBENJAMÍN | 2017 - 2018 |
La categoría Prebenjamín sólo realizará la actividad de Multideporte.
PARTICIPANTES:
DEPORTES | MÁXIMO | MÍNIMO |
---|---|---|
Atletismo - Baloncesto - Balonmano - Fútbol Sala - Voleibol | 20 | 10 |
Multideporte - Patinaje - Ajedrez - Gimnasia Rítmica - Judo - Kárate | 16 | 8 |
Bádminton - Tenis | 10 | 8 |
Pádel | 8 | 6 |
Un alumno podrá inscribirse en un máximo de dos escuelas deportivas.
El número de participantes podrá fluctuar teniendo en cuenta las medidas y recomendaciones establecidas por la Consejería de Sanidad de Castilla La Mancha en el momento de realización de la actividad.
Dada la problemática que pudiera surgir en la composición de grupos en los municipios de menos de 1000 habitantes, el Servicio de Deportes podrá autorizar la creación de escuelas con número inferior de participantes al establecido en las bases, así mismo se podrá autorizar la creación de escuelas con niños de dos o más categorías. Para su autorización sera requisito inprescindible, solicitarlo por escrito al Servicio de Deportes.
MONITORES Y HORARIO:
Sólo optan a esta subvención las nuevas contrataciones de monitores o la ampliación del contrato del personal propio del Ayuntamiento u Organismo Autónomo.
La actividad se realizará entre el 1 de noviembre de 2024 y el 30 de mayo de 2025 y tendrá una duración mínima de 4 meses consecutivos y un máximo de 6 meses. Las clases tendrán una frecuencia semanal de dos horas en días alternos y siempre fuera del horario escolar.
Estas fechas podrán sufrir variaciones en función de las medidas y recomendaciones establecidas por las autoridades sanitarias.
Nº ESCUELAS / MUNICIPIO:
Hasta 1500 habitantes | 3 GRUPOS | Máximo 2 grupos por deporte |
---|---|---|
De 1501 a 2000 habitantes | 4 GRUPOS | |
De 2001 a 3000 habitantes | 5 GRUPOS | |
De 3001 a 5000 habitantes | 6 GRUPOS |