SUBVENCIONES 2024 ACTIVIDADES DEPORTIVAS AYUNTAMIENTOS Y ADQUISICIÓN DE MATERIAL DEPORTIVO NO INVENTARIABLE |
Inicio | Servicio de Deportes | subv. Ayuntamientos 2024 | Información General
Última modificación
05-11-2024
SUBVENCIONES 2024 ACTIVIDADES DEPORTIVAS AYUNTAMIENTOS Y ADQUISICIÓN DE MATERIAL DEPORTIVO NO INVENTARIABLE |
B.O.P. nº 96 de fecha 21 de mayo de 2024
PLAZO DE SOLICITUD: Hasta el 13 de junio de 2024 (incluido)
PLAZO DE JUSTIFICACIÓN: Hasta el 31 de enero de 2025 (incluido)
OBJETO CONVOCATORIA:
Subvenciones a Entidades Locales u Organismos Autónomos Administrativos (PDM, IMD...) de la provincia de Toledo, destinadas a financiar los gastos que se generen, durante la anualidad de 2024, derivados del ejercicio de las competencias que les corresponden en materia de deportes y que les resultan atribuidas por el artículo 25.2.l) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases sobre Régimen Local, hasta un máximo de 7.000 euros.
DESTINATARIOS:
Entidades Locales u Organismos Autónomos Administrativos (PDM, IMD...) de la provincia de Toledo, quedando exceptuados los ayuntamientos con una población superior a 50.000 habitante.
SOLICITUDES:
Las solicitudes se presentarán en el plazo de QUINCE DÍAS a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de estas bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo.
Lugares de presentación:
No serán admitidas a trámite las solicitudes que se presenten fuera del plazo establecido o por medios distintos a los anteriormente señalados.
Una vez revisadas las solicitudes presentadas, se publicará anuncio en el B.O.P. dando un plazo de diez días, a contar desde el siguiente a su publicación, para subsanar las deficiencias detectadas y, si así no lo hicieran, se le tendrá por desistido de su petición, previa oportuna resolución emitida al efecto.
La documentación relativa a la subsanación se presentará, igualmente, de forma telemática, en los lugares indicados con anterioridad.
CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN:
El reparto de las ayudas se realizará de acuerdo con los siguientes criterios objetivos:
Con carácter general se establece una subvención máxima e individualizada por Entidad de hasta 7.000 €.
RESOLUCIÓN:
El procedimiento de concesión de la presente convocatoria de subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva. La convocatoria se resolverá en el plazo máximo de seis meses a contar desde la terminación del plazo de presentación de solicitudes, procediéndose a cursar el aviso de notificación electrónica correspondiente a los interesados al email que figure en la solicitud.
JUSTIFICACIÓN:
La justificación de la subvención podrá presentarse hasta el 31 de enero de 2025, dándose lugar, en caso contrario, a la pérdida del derecho al cobro total o parcial de la subvención en el supuesto de falta de justificación o de concurrencia de alguna de las causas previstas en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones.
No serán admitidas a trámite las solicitudes que se presenten fuera del plazo establecido o por medios distintos a los anteriormente señalados.
Lugares de presentación:
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Tendrán la consideración de gastos subvencionables todos aquellos que de manera indubitada respondan a la realización o promoción de actividades deportivas objeto de subvención y se realicen en el año 2023, y con anterioridad a la expiración del plazo de justificación.
Gastos subvencionables:
El material deportivo que se adquiera deberá estar homologado.
No se considerarán subvencionables aquellos gastos que sean referidos a material que exceda de una vida útil mayor de un año (canastas, porterías, step, colchonetas, mesas de Tenis de mesa, marcadores, vallas, redes de seguridad o separación, equipos de música), y cualquier tipo de material que pueda ser considerado inventariable por la Comisión.
ENTRADA EN VIGOR:
La presente convocatoria surtirá efectos a partir del mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial" de la provincia de Toledo, concluyendo su vigencia el día 31 de diciembre de 2024.