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SUBVENCIONES 2026 ACTIVIDADES DEPORTIVAS AYUNTAMIENTOS Y ADQUISICIÓN DE MATERIAL DEPORTIVO NO INVENTARIABLE |
B.O.P. nº 103 de fecha 03 de junio de 2026
PLAZO DE SOLICITUD: Desde el 5 de junio hasta el 25 de junio de 2026 (incluido)
PLAZO DE JUSTIFICACIÓN: Hasta el 31 de enero de 2027 (incluido)
OBJETO CONVOCATORIA:
Subvenciones a Entidades Locales u Organismos Autónomos Administrativos (PDM, IMD...) de la provincia de Toledo, destinadas a financiar los gastos que se generen, durante la anualidad de 2026, derivados del ejercicio de las competencias que les corresponden en materia de deportes y que les resultan atribuidas por el artículo 25.2.l) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases sobre Régimen Local, hasta un máximo de 7.000 euros.
DESTINATARIOS:
Entidades Locales u Organismos Autónomos Administrativos (PDM, IMD...) de la provincia de Toledo, quedando exceptuados los ayuntamientos con una población superior a 50.000 habitantes.
SOLICITUDES:
Las solicitudes se presentarán de forma telemática mediante certificado electrónico cualificado de representante legal de la entidad beneficiaria en el plazo de QUINCE DÍAS a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de estas bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo.
Lugares de presentación:
No serán admitidas a trámite las solicitudes que se presenten fuera del plazo establecido o por medios distintos a los anteriormente señalados.
Una vez revisadas las solicitudes presentadas, se publicará anuncio en el B.O.P. dando un plazo de diez días, a contar desde el siguiente a su publicación, para subsanar las deficiencias detectadas y, si así no lo hicieran, se le tendrá por desistido de su petición, previa oportuna resolución emitida al efecto.
La documentación relativa a la subsanación se presentará, igualmente, de forma telemática, mediante certificado electrónico cualificado de representante legal de la entidad beneficiaria y en los lugares indicados con anterioridad.
CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN:
El reparto de las ayudas se realizará de acuerdo con los siguientes criterios objetivos:
Con carácter general se establece una subvención máxima e individualizada por Entidad de hasta 7.000 €.
RESOLUCIÓN:
El procedimiento de concesión de la presente convocatoria de subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia. La convocatoria se resolverá en el plazo máximo de seis meses a contar desde la terminación del plazo de presentación de solicitudes, procediéndose a cursar el aviso de notificación electrónica correspondiente a los interesados al email que figure en la solicitud.
JUSTIFICACIÓN:
La justificación de la subvención podrá presentarse mediante certificado electrónico cualificado de representante legal de la entidad beneficiaria hasta el 31 de enero de 2027, dándose lugar, en caso contrario, a la pérdida del derecho al cobro total o parcial de la subvención en el supuesto de falta de justificación o de concurrencia de alguna de las causas previstas en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones.
No serán admitidas a trámite las que se presenten fuera del plazo establecido o por medios distintos a los anteriormente señalados.
Lugares de presentación:
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Tendrán la consideración de gastos subvencionables aquellos que incurra la entidad beneficiaria como organizador de la actividad y que directamente y de forma indubitada respondan a la realización o promoción de actividades deportivas objeto de subvención y se realicen en el año 2026, y con anterioridad a la expiración del plazo de justificación.
Gastos subvencionables:
ENTRADA EN VIGOR:
La presente convocatoria surtirá efectos a partir del mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial" de la provincia de Toledo, concluyendo su vigencia el día 31 de diciembre de 2026.
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