ESCUELAS DE INICIACIÓN 2019/2020 |
Última modificación
21-01-2021
ESCUELAS DE INICIACIÓN 2019/2020 |
B.O.P. nº 192 de fecha 09 de octubre de 2019
PLAZO DE SOLICITUD: Hasta el 21 de octubre de 2019 (incluido)
PLAZO DE JUSTIFICACIÓN: Hasta el 30 de junio de 2020 (incluido)
OBJETO CONVOCATORIA
Subvenciones a Entidades Locales u Organismos Autónomos Administrativos (PDM, IMD...) de la provincia de Toledo destinadas a financiar los gastos que generen las Escuelas de Iniciación 2017-2018, derivados del ejercicio de las competencias que les corresponden en materia de deportes y que les resultan atribuidas por el artículo 25.m) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases sobre el Régimen Local.
DESTINATARIOS
Entidades Locales u Organismos Autónomos Administrativos (PDM, IMD...) de la provincia de Toledo, quedando exceptuados los ayuntamientos cuya población exceda de 5.000 habitantes conforme al padrón municipal publicado por el I.N.E. a 2 de enero de 2019
SOLICITUDES
Las solicitudes se presentarán en el plazo de DIEZ DÍAS naturales contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de estas bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo.
Lugares de presentación:
Una vez presentadas las solicitudes, de observarse deficiencias, la Administración, a efectos de la Ley de Procedimiento Administrativo, notificará las mismas al email que figure en la solicitud para que procedan a su subsanación en el plazo de díez días naturales, y si así no lo hicieran, se le tendrá por desistido de su petición, previa oportuna resolución emitida al efecto.
CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN
Con carácter general, se establece una subvención máxima e individualizada por Entidad Local u Organismo Autónomo Administrativo beneficiario de:
Municipios hasta 1.000 habitantes |
Hasta 720 € por escuela deportiva |
---|---|
Municipios de 1.001 a 5.000 habitantes |
Hasta 600 € por escuela deportiva |
RESOLUCIÓN
La Convocatoria se resolverá en el plazo de un mes a contar desde la terminación del plazo de presentación de solicitudes y se cursará su notificación a los interesados en el término de diez días desde su fecha.
Posteriormente se publicará en esta página web un listado con el número de escuelas concedidas a cada Entidad y sus correspondientes modalidades deportivas.
Una vez concedidas las Escuelas, deberán remitir al Servicio de Deportes, antes del inicio de las mismas, la siguiente documentación:
JUSTIFICACIÓN
La justificación de la subvención deberá presentarse antes del 30 de junio de 2020, dándose lugar, en caso contrario, a la pérdida del derecho al cobro total o parcial de la subvención en el supuesto de falta de justificación o de concurrencia de alguna de las causas previstas en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones.
Lugares de presentación:
MODALIDADES DEPORTIVAS
Ajedrez, Atletismo, Bádminton, Baloncesto, Balonmano, Fútbol Sala, Gimnasia Rítmica, Multideporte (Benjamín y Prebenjamín), Patinaje, Pádel, Tenis y Voleibol.
Las solicitudes de otras modalidades deportivas serán estudiadas de forma individual.
EDADES Y CATEGORÍAS
CATEGORÍAS | EDAD |
---|---|
INFANTIL | 2006 - 2007 |
ALEVÍN | 2008 - 2009 |
BENJAMÍN | 2010 - 2011 |
PREBENJAMÍN | 2012 - 2013 |
La categoría Prebenjamín sólo realizará la actividad de Multideporte.
NÚMERO DE PARTICIPANTES
DEPORTES | MÁXIMO | MÍNIMO |
---|---|---|
Atletismo - Baloncesto - Balonmano - Fútbol Sala - Voleibol | 20 | 10 |
Multideporte, Patinaje, Ajedrez, Gimnasia Rítmica | 15 | 8 |
Bádminton - Tenis | 10 | 8 |
Pádel | 8 | 6 |
Un alumno podrá inscribirse en un máximo de dos escuelas deportivas.
Dada la problemática que pudiera surgir en la composición de grupos en los municipios de menos de 1000 habitantes, el Servicio de Juventud, Deportes e Igualdad podrá autorizar la creación de escuelas con número inferior de participantes al establecido en las bases, así mismo se podrá autorizar la creación de escuelas con niños de dos o más categorías. Para su autorización sera requisito inprescindible, solicitarlo por escrito al Servicio de Deportes.
MONITORES Y HORARIO
Sólo optan a esta subvención las nuevas contrataciones de monitores o la ampliación del contrato del personal propio del Ayuntamiento u Organismo Autónomo.
La actividad se realizará entre el 2 de noviembre de 2019 y el 30 de mayo de 2020 y tendrá una duración mínima de 4 meses consecutivos y máximo de 6 meses. Las clases tendrán una frecuencia semanal de dos horas en días alternos y siempre fuera del horario escolar.
Nº ESCUELAS / MUNICIPIO
Hasta 1000 habitantes | 2 GRUPOS | Máximo 1 grupo por deporte |
---|---|---|
De 1001 a 1500 habitantes | 3 GRUPOS | Máximo 2 grupos por deporte |
De 1501 a 2000 habitantes | 4 GRUPOS | |
De 2001 a 3000 habitantes | 5 GRUPOS | |
De 3001 a 5000 habitantes | 6 GRUPOS |