SUBVENCIONES 2024 AYUNTAMIENTOS CATEG. JUVENIL / ABSOLUTA FEDERADOS |
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Última modificación
21-03-2025
SUBVENCIONES 2024 AYUNTAMIENTOS CATEG. JUVENIL / ABSOLUTA FEDERADOS |
B.O.P. nº 96 de fecha 21 de mayo de 2024
PLAZO DE SOLICITUD: Hasta el 13 de junio de 2024 (incluido)
PLAZO DE JUSTIFICACIÓN: Hasta el 28 de febrero de 2025 (incluido)
OBJETO DE LA CONVOCATORIA:
Subvenciones a Entidades Locales u Organismos Autónomos Administrativos (PMD, IMD...) de la provincia de Toledo que participen en competiciones federadas de categoría Juvenil y/o Absoluta durante el año 2024, hasta un importe máximo de 6.000 euros.
DESTINATARIOS:
Entidades Locales u Organismos Autónomos Administrativos (PMD, IMD...) que tengan equipos o deportistas en categoría Juvenil y/o Absoluta, (en el caso de los deportes que no tienen especificada la Categoría Juvenil como tal o equivalente (Sub-18 o Junior), los deportistas nacidos en los años 2006 y 2007) que participen en competiciones oficiales federadas provinciales, autonómicas o nacionales.
Quedan excluidos:
SOLICITUDES:
Las solicitudes se presentarán en el plazo de QUINCE DÍAS a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de estas bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo.
Lugares de presentación:
No serán admitidas a trámite las solicitudes que se presenten fuera del plazo establecido o por medios distintos a los anteriormente señalados.
Una vez revisadas las solicitudes presentadas, se publicará anuncio en el B.O.P. dando un plazo de DIEZ DÍAS, a contar desde el siguiente a su publicación, para subsanar las deficiencias detectadas y, si así no lo hicieran, se le tendrá por desistido de su petición, previa oportuna resolución emitida al efecto.
No se podrá cambiar el proyecto presentado inicialmente, salvo que sea objeto de subsanación.
La documentación relativa a la subsanación se presentará, igualmente, de forma telemática, en los lugares indicados con anterioridad.
CRITERIOS OBJETIVOS DE CONCESIÓN:
Deportes colectivos o de equipo (considerando como tales aquellos en los que no hay posibilidad de participar individualmente):
Deportes individuales:
CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN:
Se establece una subvención máxima e individualizada por la Entidad Local u Organismo Autónomo Administrativo (PDM, IMD...) que no podrá exceder de 6.000 €. Las Entidades estarán encuadradas en grupos según su categoría y/o ámbito geográfico. A cada competición se le asigna una subvención máxima que podrá ser disminuida proporcionalmente si el importe total de las subvenciones otorgadas, supera el presupuesto global que se contempla en la presente convocatoria.
DEPORTES COLECTIVOS:
CATEGORÍA ABSOLUTA | ||
---|---|---|
DEPORTE | COMPETICIÓN | IMPORTE MÁXIMO |
Baloncesto | 1ª División Autonómica | 2.000 € |
Zonal / Autonómica Masculina | 1.000 € | |
Zonal / Autonómica Femenina | 1.200 € | |
Balonmano | División Nacional Plata Femenina | 3.000 € |
Autonómica Masculina | 1.000 € | |
Autonómica Femenina | 1.200 € | |
Fútbol | ||
3ª Federación Masc / Fem | 3.000 € | |
1ª Autonómica Pref. Masc / Fem | 2.000 € | |
1ª Autonómica Masculina | 1.500 € | |
2ª Autonómica Masculina | 1.000 € | |
1ª Autonómica Femenina | 1.200 € | |
Liga Local | 400 € | |
Fútbol Sala | 2ª División B Nacional Masculina | 3.000 € |
2ª División Nacional Femenina | 3.000 € | |
3ª División Masculina | 2.000 € | |
1ª Autonómica Pref. Masculina | 1.500 € | |
1ª Autonómica Masculina | 1.000 € | |
1ª Autonómica Femenina | 1.200 € | |
Voleibol | Autonómica Masculina | 1.000 € |
Autonómica Femenina | 1.200 € |
CATEGORÍA JUVENIL | ||
---|---|---|
DEPORTE | COMPETICIÓN | IMPORTE MÁXIMO |
Baloncesto | Zonal / Autonómica Masculina | 1.100 € |
Zonal / Autonómica Femenina | 1.300 € | |
Balonmano | Autonómica Masculina | 1.100 € |
Autonómica Femenina | 1.300 € | |
Fútbol | ||
División de Honor | 1.600 € | |
Nacional Masculina | 1.300 € | |
Preferente Masculina | 1.100 € | |
Territorial Masculina | 900 € | |
Fútbol Sala | División de Honor | 1.600 € |
Territorial Masculina | 900 € | |
Voleibol | Autonómica Masculina | 1.100 € |
Autonómica Femenina | 1.300 € |
En el supuesto que una Entidad solicitante incluya una competición no contemplada en los cuadros anteriores, se valorará, en la resolución, en el apartado correspondiente a las características de la competición presentada, siempre que la misma esté de acuerdo con lo especificado en la base segunda de esta convocatoria.
DEPORTES INDIVIDUALES:
CATEGORÍA | IMPORTE MÁXIMO |
---|---|
Nacional | 2.000 € |
Autonómica | 1.500 € |
Provincial | 1.000 € |
Cada entidad percibirá una subvención conforme el deporte, número de licencias y el tipo de competición en que participa (nacional, autonómica, provincial).
RESOLUCIÓN:
El procedimiento de concesión de la presente convocatoria de subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.
Una vez analizadas y valoradas las solicitudes presentadas conjuntamente con su documentación, la Comisión de Evaluación emitirá un informe en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada.
La Diputada Delegada de Deportes, a la vista del expediente y del informe de la Comisión, formulará propuesta de resolución provisional, debidamente motivada, que será publicada en el BOP concediendo un plazo de DIEZ DÍAS a contar desde el día siguiente a su publicación para presentar alegaciones.
Examinadas las alegaciones aducidas por los interesados, se elevará propuesta de resolución definitiva a la Junta de Gobierno de la Diputación quien resolverá la convocatoria concediendo o denegando la subvención solicitada y, en su caso, el importe de la misma.
La convocatoria se resolverá en el plazo máximo de seis meses a contar desde la terminación del plazo de presentación de solicitudes, procediéndose a cursar el aviso de notificación electrónica correspondiente a los interesados al email que figure en la solicitud.
JUSTIFICACIÓN:
La justificación de la subvención podrá presentarse hasta el 31 de diciembre de 2024, dándose lugar, en caso contrario, a la pérdida del derecho al cobro total o parcial de la subvención en el supuesto de falta de justificación o de concurrencia de alguna de las causas previstas en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones.
No obstante, con carácter excepcional, a instancia del beneficiario y siempre por causa debidamente justificada y documentalmete acreditada, en virtud de resolución del órgano concedente podrá prorrogarse el plazo de justificación, como máximo, hasta el 31 de enero del ejercicio inmediato posterior. La solicitud de prórroga deberá tener entrada antes del 1 de diciembre de 2024.
Lugares de presentación:
No serán admitidas a trámite las solicitudes que se presenten fuera del plazo establecido o por medios distintos a los anteriormente señalados.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Tendrán la consideración de gastos subvencionables todos aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad objeto de subvención y se realicen en el año 2024, y con anterioridad a la expiración del plazo de justificación.
Los gastos subvencionables son:
ENTRADA EN VIGOR:
La presente convocatoria surtirá efectos a partir del mismo día de la publicación del extracto de las Bases en el Boletín Oficial de la provincia de Toledo, concluyendo su vigencia el día 31 de diciembre de 2024.