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Última modificación

12-12-2024

SUBV. CLUBES 2024

Información General

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B.O.P. nº  96 de fecha 21 de mayo de 2024

PLAZO DE SOLICITUD: Hasta el 13 de junio de 2024 (incluido)

SOLICITUD DE PRÓRROGA: Hasta el 30 de noviembre de 2024 (incluido)

PLAZO DE JUSTIFICACIÓN: Hasta el 31 de diciembre de 2024 (incluido)

 

 

OBJETO CONVOCATORIA: 

 

Subvenciones a Clubes Deportivos de la provincia de Toledo, para la realización de actividades que favorezcan la promoción y difusión del deporte durante el año 2024, hasta un máximo de 10.000 euros.

 

DESTINATARIOS:

 

Clubes Deportivos, que tengan su domicilio fiscal en alguno de los municipios de Toledo, constituidos como tales e inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de Castilla La Mancha antes del 1 de enero de 2024, de acuerdo a la Ley 5/2015 de 26 de marzo.

 

Quedan excluidos:

  1. Los clubes que no hayan justificado la subvención concedida en el año 2023, excepto si han realizado renuncia expresa por escrito antes de la aprobación en Junta de Gobierno de la nueva convocatoria.
  2. Los proyectos federados de:
    • Categoría Juvenil o equivalente, o en caso de no tener dicha categoría, los deportistas nacidos en los años 2006 y 2007.
    • Las categorías de los deportes incluidos dentro del programa Somos Deporte 3-18 (Programa Regional del Deporte en Edad Escolar).
    • La categoría Benjamín e inferiores.
  3. Escuelas deportivas propias del club, jornadas formativas o de tecnificación, fiestas de clausura, galas, concentraciones, exhibiciones, campus, ligas, eventos de más de tres jornadas (*), etc.

(*) Cualquier evento con una duración mayor será estudiado específicamente.

 

SOLICITUDES:

 

Las solicitudes se presentarán en el plazo de QUINCE DÍAS a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de estas bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo.

 

Lugares de presentación:

  • A través de la Sede Electrónica de Diputación  (https://diputacion.toledo.gob.es/procedimientos_y_servicios), en el apartado "Solicitud de Propósito General".
  • A través de cualquier otro registro telemático previsto en el artñiculo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

No serán admitidas a trámite las solicitudes que se presenten fuera del plazo establecido o por medios distintos a los anteriormente señalados.

Una vez revisadas las solicitudes presentadas, se publicará anuncio en el B.O.P. dando un plazo de DIEZ DÍAS, a contar desde el siguiente a su publicación, para subsanar las deficiencias detectadas y, si así no lo hicieran, se le tendrá por desistido de su petición, previa oportuna resolución emitida al efecto.

La documentación relativa a la subsanación se presentará, igualmente, de forma telemática, en los lugares indicados con anterioridad.

No serán subvencionables los proyectos que no cuenten, al menos, con 5 deportistas participando en competiciones federadas de las categorías subvencionadas en estas Bases.

 

CRITERIOS OBJETIVOS DE CONCESIÓN:

 

PROYECTO DE COMPETICIONES FEDERADAS:

 

Deportes colectivos o de equipo (considerando como tales aquellos en los que no hay posibilidad de participar individualmente):

  1. Número de equipos por deporte y categoría que posee el Club, teniendo en cuenta el ámbito geográfico en el que participan (nacional, autonómico o provincial).
  2. Promoción del deporte femenino.

Deportes individuales:

  1. Número de deportistas por deporte y categoría que posee el Club, teniendo en cuenta el ámbito geográfico en el que participan (nacional, autonómico o provincial).
  2. Promoción del deporte femenino.

 

PROYECTO DE EVENTOS DEPORTIVOS:

 

  1. Ámbito territorial al que va a llegar el evento subvencionado (nacional, autonómico o provincial) y número de participantes en dicho evento.
  2. Promoción del deporte femenino.

 

Cada club recibirá subvención sólamente por uno de los proyectos, siguiendo los criterios objetivos de la concesión de subvención establecidos anteriormente. Con carácter excepcional, y atendiendo a la naturaleza del evento deportivo, se podrá subvencionar por dos proyectos presentados (Federados y Evento).

 

CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN:

 

Con carácter general se establece una subvención máxima e individualizada por Club de hasta 10.000 €.

A cada competición se le asigna una subvención máxima que podrá ser disminuida proporcionalmente si el importe total de las subvenciones otorgadas supera el presupuesto global que se contempla en la presente convocatoria.

 

COMPETICIONES FEDERADAS:

Los clubes estarán encuadrados en grupos por deportes según su categoría y/o ámbito geográfico de participación.

 

DEPORTES COLECTIVOS:

 

Concesión deportes colectivos
DEPORTE COMPETICIÓN IMPORTE MÁXIMO
   Baloncesto    1ª División Autonómica    2.000 €
   Zonal / Autonómica Masculina   1.000 €
   Zonal / Autonómica Femenina   1.200 €
   Balonmano    División Nacional Plata Femenina   3.000 €
   Autonómica Masculina   1.000 €
   Autonómica Femenina   1.200 €
      Fútbol
   3ª Federación Masc / Fem    3.000 €
   1ª Autonómica Pref. Masc / Fem    2.000 €
   1ª Autonómica Masc.    1.500 €
   2ª Autonómica Masc.    1.000 €
   1ª Autonómica Fem.    1.200 €
   Liga Local      400 €
   Fútbol Sala    2ª División B Nacional Masc.    3.000 €
   2ª División Nacional Fem.    3.000 €
   3ª División Masculina    2.000 €
   1ª Autonomica Pref. Masculina    1.500 €
   1ª Autonómica Masculina    1.000 €
   1ª Autonómica Femenina    1.200 €
   Voleibol    Autonómica Masculina    1.000  €
   Autonómica Femenina    1.200 €


 

DEPORTES INDIVIDUALES:

 

Concesión deportes individuales
CATEGORÍA IMPORTE MÁXIMO
Nacional 2.000 €
Autonómica 1.500 €
Provincial 1.000 €

 

Cada entidad percibirá una subvención conforme el deporte, número de licencias y el tipo de competición en que participa (nacional, autonómica, provincial).

 

EVENTO DEPORTIVO:

Los clubes estarán encuadrados en grupos por deportes y ámbito geográfico de participación

 

Concesión Eventos Deportivos

EVENTO

DEPORTIVO

ÁMBITO GEOGRÁFICO IMPORTE MÁXIMO
Nacional 3.000 €
Autonómico 2.000 €
Provincial 1.000 €

 

RESOLUCIÓN:

 

El procedimiento de concesión de la presente convocatoria de subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.

Una vez analizadas y valoradas las solicitudes presentadas conjuntamente con su documentación, la Comisión de Evaluación emitirá un informe en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada.

La Diputada Delegada de Deportes, a la vista del expediente y del informe de la Comisión, formulará propuesta de resolución provisional, debidamente motivada, que será publicada en el BOP concediendo un plazo de DIEZ DÍAS a contar desde el día siguiente a su publicación para presentar alegaciones.

Examinadas las alegaciones aducidas por los interesados, se elevará propuesta de resolución definitiva a la Junta de Gobierno de la Diputación quien resolverá la convocatoria concediendo o denegando la subvención solicitada y, en su caso, el importe de la misma.

La convocatoria se resolverá en el plazo máximo de cinco meses a contar desde la terminación del plazo de presentación de solicitudes, procediéndose a cursar el aviso de notificación electrónica correspondiente a los interesados al email que figure en la solicitud.

 

JUSTIFICACIÓN:

 

La justificación de la subvención podrá presentarse hasta el 31 de diciembre de 2024, dándose lugar, en caso contrario, a la pérdida del derecho al cobro total o parcial de la subvención en el supuesto de falta de justificación o de concurrencia de alguna de las causas previstas en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones.

No obstante, con carácter excepcional, a instancia del beneficiario y siempre por causa debidamente justificada y documentalmete acreditada, en virtud de resolución del órgano concedente podrá prorrogarse el plazo de justificación, como máximo, hasta el 31 de enero del ejercicio inmediato posterior. La solicitud de prórroga deberá tener entrada antes del 1 de diciembre de 2024.

 

Lugares de presentación:

  • A través de la Sede Electrónica de Diputación  (https://diputacion.toledo.gob.es/procedimientos_y_servicios), en el apartado "Solicitud de Propósito General".
  • A través de cualquier otro registro telemático previsto en en artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

No serán admitidas a trámite las solicitudes que se presenten fuera del plazo establecido o por medios distintos a los anteriormente señalados.

 

GASTOS SUBVENCIONABLES:

 

Tendrán la consideración de gastos subvencionables todos aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad objeto de subvención y se realicen en el año 2024.

Gastos subvencionables
COMPETICIONES FEDERADAS EVENTOS DEPORTIVOS
       Tasas Federativas        Seguridad y salud (seguros, ambulancias, etc)
       Licencias        Jueces y árbitros
       Arbitrajes        Trofeos
       Seguros Deportivos        Publicidad y propaganda
       Material y vestuario deportivo no inventariable        Avituallamiento en el desarrollo de la actividad
       Gastos de desplazamiento (*)        Material y vestuario deportivo no inventariable
       Alquiler de instalaciones        Alquiler de instalaciones

(*) Gastos de desplazamiento:

  • Desplazamientos con empresas de transporte de los miembros del club para la participación en la competición.
  • Transporte de material específico y necesario para el desarrollo de su actividad.
  • Cualquier otro tipo de desplazamiento será estudiado especificamente.

 

ENTRADA EN VIGOR:

 

La presente convocatoria surtirá efectos a partir del mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial" de la provincia de Toledo, concluyendo su vigencia el día 31 de diciembre de 2024.