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EDUCACIÓN, CULTURA Y ARQUEOLOGÍA

Última modificación

09-05-2023

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Sección de Cultura y Educación

PROMOCIÓN CULTURAL 2ª CONV

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MOTIVACIÓN DE LA SEGUNDA CONVOCATORIA:

La Junta de Gobierno de esta Excma. Diputación Provincial, en su sesión de fecha 12 de abril de 2024, entre otros acuerdos, aprobó las Bases reguladoras y Convocatoria de subvenciones para la promoción y fomento de la actividad cultural en las entidades locales de la provincia de Toledo durante el ejercicio de 2024, (BOPT nº72, de 16 de abril de 2024) y ampliación de plazo de presentación de solicitudes (BOPT nº93, de 16 de mayo de 2024) BDNS (Identif): 754524, en la que se establecía un Crédito por importe de 550.000 €

 Siendo deseo de esta institución aumentar el crédito de esta convocatoria por un importe de 200.000,00 € y no estar provisto en las bases que excepcionalmente, que la convocatoria  podría fijar, además de la cuantía total máxima dentro de los créditos disponibles, una cuantía adicional, se opta por convocar una nueva convocatoria.

El objeto de esta segunda convocatoria es dotar a los municipios, que solicitaron la primera convocatoria y también a los que no lo hicieron, con un mejora económica que les permita afrontar los pagos de las actividades que solicitaron en la primera subvención (no actividades nuevas) con mayor facilidad ya que en años anteriores si fue posible aumentar el crédito de la  convocatoria. Sólo podrán solicitar actividades nuevas en las Entidades Locales que no solicitaron la primera convocatoria.

A tal efecto las Entidades Locales podrán justificar  esta segunda convocatoria con  parte de  la documentación que presentaron en la primera.

 

PLAZOS :  Para la solicitud de esta segunda convocatoria se dispone de  10 días naturales a partir de la publicación en el  BOP (día 29 de noviembre):  del 30 de noviembre al 9 de diciembre.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR:

  • Solicitud:
    • Anexo I (Nuevo): en el que se debe añadir la fecha y número de registro de la primera convocatoria.
    • Anexo II (el de la primera convocatoria)
  • Justificación:
    • Documentación nueva:  Los Ayuntamientos deberán rellenar para esta nueva convocatoria  los anexos III y VI
    • Documentación antigua: Los Ayuntamientos adjuntarán el Anexo IV y V de la primera convocatoria.