Para gasto corriente durante esta legislatura

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EL GOBIERNO PROVINCIAL ALCANZA LA CIFRA RÉCORD DE 25 MILLONES DE EUROS DE AYUDAS A LOS AYUNTAMIENTOS PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS MUNICIPALES

22-Febrero-2019

El Boletín oficial de la Provincia de Toledo (BOP) publicaba el pasado miércoles el acuerdo de la Junta de Gobierno del 15 de febrero por el que se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria para 2019 de subvenciones para la financiación parcial de gastos de naturaleza corriente de los ayuntamientos toledanos, por importe de 7.850.000 euros para 2019, la más alta de los últimos años.

El Gobierno de la Diputación de Toledo, que preside Álvaro Gutiérrez, acaba de aprobar casi 8 millones de euros para gasto corriente de los ayuntamientos y Entidades de Ámbito Inferior al Municipio (EATIM) de la provincia de Toledo para 2019, excepto los ayuntamientos con una población superior a 50.000 habitantes, a los que hay que sumar los aprobados en los otros años de esta legislatura, que en conjunto suman casi 25 millones de euros.

Hay que tener en cuenta el compromiso adquirido por el ejecutivo provincial desde que tomara posesión, en julio de 2015, con los municipios toledanos, para apoyar sus necesidades y mejorar la gestión financiera de los ayuntamientos, para proporcionar solvencia económica, generar inversiones y procurar progreso y desarrollo social.

Es por eso que en 2016 el Gobierno de la Diputación aprobó un acuerdo de gasto corriente por cuatro millones de euros, al que se sumó un millón más a través de convenios para el mismo fin.

En el año 2017 se aprobaron cinco millones de euros, y un total de siete millones en 2018, para culminar la legislatura con el acuerdo en 2019 de 7.850.000 euros, la cifra más alta en los últimos años.

El objetivo prioritario de estas ayudas es la mejora económico financiera de los ayuntamientos, posibilitando el incremento de liquidez en sus tesorerías que les permita afrontar el gasto a proveedores y contratistas por la prestación de servicios y suministros destinados al funcionamiento de los servicios públicos municipales.

De este modo, la Diputación de Toledo asegura la atención a todas y todos los ciudadanos con la prestación de los servicios obligatorios que recoge la Ley de Bases de Régimen Local, tales como la limpieza viaria, abastecimiento de agua,

alumbrado público, cementerio, mantenimiento de instalaciones municipales y deportivas, y otras aquellas de primera necesidad para asegurar la calidad de vida de los habitantes de cada municipio.

Con estos programas, el Gobierno de Álvaro Gutiérrez cumple con su preocupación para atender las necesidades reales de las personas, no solo en lo que se refiere a la prestación de servicios esenciales, sino también en aquellos no obligatorios, pero que contribuyen a mejorar la vida de las comunidades, en todo aquello que tiene que ver con los servicios sociales, la cultura, atención a la infancia, educación o actividades deportivas, entre otros.

Las ayudas económicas directas a los ayuntamientos ayudan a la gestión diaria de los mismos, pues permite invertir en futuro y en crecimiento en todos los sentidos, por lo que se trata de una iniciativa muy bien recibida por las entidades locales, que vuelven a encontrar en el Gobierno de la Diputación de Toledo un soporte imprescindible para sanear sus arcas municipales sin renunciar a la mejora de las infraestructuras y dar respuestas eficaces e inmediatas a las demandas de sus vecinos y vecinas.

Tras la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, los ayuntamientos dispondrán de un plazo hasta el 20 de marzo, incluido, para solicitar sus actuaciones, teniendo en cuenta que se valorarán aspectos como el ámbito territorial y número de personas beneficiadas, actividades que defiendan el arraigo territorial y la participación popular, y aquellas que mejoren la integración del municipio en el entorno natural.

La Comisión de evaluación, una vez analizadas y valoradas las solicitudes presentadas juntamente con sus documentos, formulará la oportuna propuesta de resolución, que será adoptada por el presidente de la Diputación Provincial o, por su delegación, por la Junta de Gobierno de ésta, concediendo o denegando la subvención solicitada y, en su caso, el importe de la misma.