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NOTICIA AMPLIADA


El Consorcio provincial de bomberos asegura la prestación del servicio en Illescas

09-Octubre-2012

• Emilio Bravo y Fernando Cabanes sellan el acuerdo
• El Ayuntamiento contribuirá con 110.000 euros para contribuir a la prestación del servicio

El presidente del Consorcio provincial de Extinción de Incendios y Salvamento de la provincia de Toledo (CPEIS), Emilio Bravo, y el alcalde de Illescas, Fernando Cabanes, han suscrito hoy un importante convenio de colaboración para el desarrollo del servicio contra incendios y salvamentos en el municipio de Illescas.

Las especiales características poblaciones de Illescas, que alcanza los 23.627 habitantes, hacen necesaria la formalización de un convenio de colaboración entre el municipio y el Consorcio. Se cumple, de este modo, con la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, y con la obligatoriedad de prestar el servicio de prevención y extinción de incendios a aquellos municipios con población superior a 20.000 habitantes.

El Ayuntamiento de Illescas aportará la cantidad de 110.000 euros al Consorcio provincial en concepto de cuota del año 2012, tal y como fija el artículo 30 de sus Estatutos, que determinan que todas las entidades consorciadas deberán participar en la financiación del Consorcio mediante aportaciones económicas anuales que serán objeto de determinación individual para cada ejercicio presupuestario, sin que pueda desvirtuarse el principio de mayor carga a soportar por los municipios de más población y aquellos obligados legalmente a la prestación de estos servicios.

El acuerdo asegura la prestación del servicio de prevención, extinción de incendios y salvamentos en el término municipal de Illescas, cumpliendo así con los Estatutos del Consorcio, que establecen en su artículo 6 que el Consorcio asume las competencias de las Entidades locales consorciadas en el momento de su incorporación, en orden a la gestión de los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamentos, correspondiéndole la gestión integral de éstos así como ordenar y reglamentar las contraprestaciones económicas de derecho público que legal o reglamentariamente procedan por la prestación de sus servicios.-