ࡱ> egd3 (bjbjCC ,!!Q#l  r$ nV@N .T8  ND0xe e NNOTA INFORMATIVA ASUNTO: RETENCIN A PRACTICAR POR LAS ENTIDADES LOCALES EN LAS FACTURAS EMITIDAS POR EMPRESARIOS AUTNOMOS QUE TRIBUTEN POR EL SISTEMA DE ESTIMACIN OBJETIVA (MDULOS). R.D. 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Fsicas y se modifica el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones (B.O.E. 31 de marzo de 2007) Con fecha 21 de abril de 2007, ha entrado en vigor el Real Decreto sealado en el enunciado. Este Reglamento establece, en los artculos 75, punto 1.c) y 95.6 la obligacin de practicar una retencin del 1%, a cuenta del IRPF, sobre el importe de las facturas emitidas por personas fsicas y empresarios que ejerzan alguna de las actividades econmicas previstas en el artculo 95.6.2 del citado Reglamento, y que, a su vez, determinen su rendimiento neto por el mtodo de estimacin objetiva (mdulos). Las actividades empresariales sujetas a esta nueva retencin del 1% son las que figuran clasificadas en los siguientes grupos y epgrafes de la Seccin Primera de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Econmicas: IAEActividad econmica314 y 315Carpintera metlica y fabricacin de estructuras metlicas y calderera.316.2, 3, 4 y 9Fabricacin de artculos de ferretera, cerrajera, tornillera, derivados del alambre, menaje y otros artculos en metales N.C.O.P.453Confeccin en serie de prendas de vestir y sus complementos, excepto cuando su ejecucin se efecte mayoritariamente por encargo a terceros.453Confeccin en serie de prendas de vestir y sus complementos ejecutada directamente por la propia empresa, cuando se realice exclusivamente para terceros y por encargo.463Fabricacin en serie de piezas de carpintera, parqu y estructuras de madera para la construccin.468Industria del mueble de madera.474.1Impresin de textos o imgenes.501.3Albailera y pequeos trabajos de construccin en general.504.1Instalaciones y montajes (excepto fontanera, fro, calor y acondicionamiento de aire).504.2 y 3Instalaciones de fontanera, fro, calor y acondicionamiento de aire.504.4, 5, 6, 7 y 8Instalacin de pararrayos y similares. Montaje e instalacin de cocinas de todo tipo y clase, con todos sus accesorios. Montaje e instalacin de aparatos elevadores de cualquier clase y tipo. Instalaciones telefnicas, telegrficas, telegrficas sin hilos y de televisin, en edificios y construcciones de cualquier clase. Montajes metlicos e instalaciones industriales completas, sin vender ni aportar la maquinaria ni los elementos objeto de instalacin o montaje.505.1, 2, 3 y 4Revestimientos, solados y pavimentos y colocacin de aislamientos.505.5Carpintera y cerrajera.505.6Pintura, de cualquier tipo y clase y revestimientos con papel, tejido o plsticos y terminacin y decoracin de edificios y locales.505.7Trabajos en yeso y escayola y decoracin de edificios y locales.722Transporte de mercancas por carretera.757Servicios de mudanzas.En las facturas que se abonen con posterioridad a la fecha de entrada en vigor del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Fsicas, es decir, a partir del 21 de abril, el Ayuntamiento como pagador de la factura est obligado legalmente a practicar la retencin y a ingresar trimestralmente a la Agencia Tributaria los importes retenidos, incurriendo en caso contrario en responsabilidad. Segn establece el artculo 95.6.3, no estarn sujetos a la retencin del 1% los empresarios autnomos que tributen con arreglo al mtodo de estimacin directa (ya sea normal o simplificada). Para el mejor cumplimiento de la obligacin contenida en la normativa citada se sugiere que el Ayuntamiento realice las siguientes actuaciones en relacin con las facturas que a partir de la citada fecha sean recibidas y/o abonadas en el Ayuntamiento: 1.- Servicios, suministros u obras ya ejecutadas: (Facturas presentadas en el Ayuntamiento) Una vez recibida factura correspondiente a un Tercero incluido en algunos de los epgrafes anteriores, si figura en la misma la retencin del 1% sobre la base imponible, podr ser tramitada para su contabilizacin y posterior pago, practicando la indicada retencin. En caso de no figurar en la factura la retencin del 1% sobre la base imponible, antes de proceder a su conformacin y tramitacin, ser necesario ponerse en contacto con el Tercero para que acredite su forma de tributacin en el IRPF, as como el epgrafe, en su caso. A tales efectos se adjunta un modelo de requerimiento(Anexo I). En el indicado requerimiento, se le manifestar que, en caso de estar sujeto a la citada retencin deber aportar junto a la comunicacin de los datos que se le adjunta como Anexo II, la factura rectificada (Slo si el Ayuntamiento considera necesario que la referida factura sea rectificada), con la advertencia de que transcurrido el plazo indicado en el requerimiento, sin que se hubiera enviado la informacin solicitada, el Ayuntamiento practicar automticamente la retencin del 1% sobre la base imponible. Si no figura la retencin y se comunica por el interesado que el rendimiento se determina por estimacin directa: Se conformar la factura y se proceder a su tramitacin. 2.- Servicios, suministros u obras que estn en ejecucin. (Pendiente de facturacin) Con el fin de agilizar el pago de las facturas que se vayan presentando, se sugiere al Ayuntamiento que comunique a los terceros las obligaciones derivadas de la nueva normativa facilitando a los mismos un modelo, que adjuntamos como (Anexo II). ANEXO I Con fecha 21 de abril de 2007 ha entrado en vigor el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Fsicas. Este Reglamento establece, en los artculos 75.1.c) y 95.6, la obligacin de practicar una retencin del 1% , a cuenta del IRPF, sobre el importe de los servicios facturados por las personas fsicas que cumplan las siguientes condiciones: Que ejerzan alguna de las actividades econmicas previstas en el artculo 95.6.2 del citado Reglamento, Y que, a su vez, determinen su rendimiento neto por el mtodo de estimacin objetiva. Esta retencin debe practicarse en todas las facturas que emitan los empresarios y trabajadores autnomos, que cumplan las dos condiciones indicadas con anterioridad, incurriendo en responsabilidad tributaria el sujeto retenedor, en este caso, el Ayuntamiento , si efecta el pago sin aplicar la retencin correspondiente. Como quiera que al da de la fecha, este Ayuntamiento tiene pendiente de pago, las facturas que se detallan a continuacin: FECHA FACTURANUMERO FACTURAIMPORTE Y resultando que en las mismas no se indica nada sobre el epgrafe en el que figura dado de alta, a efectos del Impuesto sobre Actividades Econmicas, ni se ofrece informacin alguna sobre el mtodo de estimacin al que se encuentra sujeto con la Agencia Tributaria, se le requiere para que en el plazo de DIEZ das, comunique fehacientemente a este Ayuntamiento el epgrafe del IAE que le autoriza a ejercer la actividad, as como, el mtodo de estimacin al que se encuentra acogido con la Agencia Tributaria, para su declaracin de ingresos en el IRPF . Al objeto de facilitarle su respuesta, se le adjunta un modelo de comunicacin de datos, para su remisin a esta Entidad a la mayor brevedad posible. Finalmente, le significo que, pasado el plazo de tiempo concedido para cumplir con lo requerido, sin atender al mismo, se proceder al pago de la factura indicada practicando la retencin del 1% sobre el importe integro facturado, al objeto de evitar incurrir en responsabilidad tributaria por parte de este Ayuntamiento. En a de de 2007 El Secretario-Interventor, ANEXO II Ayuntamiento de (TOLEDO) _________________________, a ____ de ______________de 2007. En cumplimiento de lo establecido en el artculo 95 del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Fsicas, y en relacin con los servicios que ese Ayuntamiento debe abonarme, tengo a bien comunicarles los siguientes datos fiscales: IDENTIFICACIN: Nombre y apellidos: NIF Domicilio fiscal: ACTIVIDADES ECONOMICAS QUE DESARROLLA DE LAS PREVISTAS EN LA SECCION 1 DE LAS TRARIFAS DEL IAE: Epgrafes del IAE: _____________ Actividad que desarrolla:____________________ EL RENDIMIENTO NETO DE LA ACTIVIDAD SE DETERMINA DE LA FORMA SIGUIENTE: (Indicar la que proceda, sealndola con una cruz en la casilla que figura a su izquierda y tachar la que no corresponda) Estimacin directa, en cualquiera de sus modalidades.Estimacin objetiva . ENTIDAD DESTINATARIA DE ESTA COMUNICACIN: Ayuntamiento de _________________ Plaza/ Calle ____________________ PROVINCIA _____________________ Lo que le comunico para su conocimiento y efectos oportunos. (Firma) Fdo.___________________________  (Si el Ayuntamiento lo considera necesario, aqu podr indicarle la necesidad de enviar al mismo tiempo la factura rectificada, en el caso de que el empresario est sujeto a la retencin del 1%) adexyzc e h i   0 2 7 8 W Y ^ _   J L ^ _ 24CD輳蝘蝘蝘蝘蝘蝘蝘蝘蝘蝘蝘CJaJB*CJaJmH phsH CJOJQJaJCJOJQJaJ!B*CJOJQJaJmH phsH B*OJQJmH phsH 5OJQJ\ >*OJQJOJQJCJ aJ 5>*CJOJQJ\aJ<aey$d $-DIfM ]^a$$d $-DIfM a$ dPP`dPP$d a$d d  Q'(yzTu$d$-DIfM ]^a$$d $-DIfM a$W$$If(40$v $4 (a(d Xw$d$-DIfM ]^a$$d $-DIfM a$V$$If(0$v $4 (a(d e i Hww$d$-DIfM ]^a$$d $-DIfM a$V$$If(u0$v $4 (a( w$d$-DIfM ]^a$$d $-DIfM a$V$$If(z0$v $4 (a(  1 w$d$-DIfM ]^a$$d $-DIfM a$V$$If(u0$v $4 (a(1 2 8 X w$d$-DIfM ]^a$$d $-DIfM a$V$$If(0$v $4 (a(X Y _ w$d$-DIfM ]^a$$d $-DIfM a$V$$If(0$v $4 (a(  K |wDw$d$-DIfM ]^a$$d $-DIfM a$V$$If(0$v $4 (a(K L _ 3w$d$-DIfM ]^a$$d $-DIfM a$V$$If(0$v $4 (a(34DPw$d$-DIfM ]^a$$d $-DIfM a$V$$If( 0$v $4 (a(D345:;{|}Zu~>)-.:jkl- ɽִێۊ5\5CJ\aJ6CJ]aJB*CJOJQJaJphB*CJaJphB*OJQJph5CJOJQJ\aJB*CJaJmH phsH CJaJOJQJB*OJQJmH phsH CJaJB*CJaJmH phsH 6w$d$-DIfM ]^a$$d $-DIfM a$V$$If(0$v $4 (a(40w$d$-DIfM ]^a$$d $-DIfM a$V$$If(0$v $4 (a(45;| t$d$-DIfM ]^a$$d $-DIfM a$X$$If(u0$v $4 (a(|}t$d$-DIfM ]^a$$d $-DIfM a$X$$If(0$v $4 (a(pt$d$-DIfM ]^a$$d $-DIfM a$X$$If(0$v $4 (a(Zu[[$$ & F S6WdPP-DM ^6`Wa$d^$dPP-DM a$dPPX$$If(0$v $4 (a(~>zqqXXq & F SSd PP^S`d PP$d PP-DM a$$dPP-DM ^a$$dPP-DM ^a$$$ & F SSWdPP-DM ^S`Wa$$ SSdPP-DM ^Sa$  ()*+,-.h[[[[h d PP$If~$$IfFF $ J  06    4 Fa$d PP$Ifa$d PP - / Z [ b"c"~"""""" #I$Z$$$7%%%%4&5&M&N&z&''/'Q'R'S'(((ĺըը՗CJaJ j0JU6B*]mH phsH !B*CJOJQJaJmH phsH B*mH phsH 5>*CJ\aJ>*CJOJQJaJCJOJQJaJ5CJ\aJCJaJB*OJQJph5CJ\aJOJQJj0JCJUaJCJaJ#._ :"c"~""""" ##I$|PP-D1$7$8$H$M PP-D1$7$8$H$M ^ $d PPa$ $d PPa$$ 8!d PP1$7$8$H$a$$d PP-DM a$ $d PPa$d PP I$Z$o$s$$$ %7%%%d PP$-D1$7$8$H$IfM ]  & F ,PP-D1$7$8$H$M ^$ & F ,PP-D1$7$8$H$M ^` & FPP-D1$7$8$H$M ` & FPP-D1$7$8$H$M ` %4&5&6&M&N&z&&{d{_C & FPP-D1$7$8$H$M ` & FPP-D1$7$8$H$M `k$$IfF0G h064 Fa%PP$-D1$7$8$H$IfM &&&&''/'0'1'Q'((($da$$7PP-D1$7$8$H$M ^7a$7PP-D1$7$8$H$M ^7 & FPP-D1$7$8$H$M ` * 00&P P{. 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