ࡱ> 3 gpbjbjCC .f!!4l2l GGG8HlrHd KKKKKMMM$ 6MMM"MM6(PKKK(P(P(PMKK(PM(P(P V<KK \+P AG8N8,<a0d8N<(P   MEMORIA CUENTA GENERAL SIMPLIFICADA (De acuerdo con lo establecido en la Orden EHA/4042/2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba la Instruccin del modelo Simplificado de Contabilidad Local, la Memoria completa, ampla y comenta la informacin contenida en el Balance, en la Cuenta del resultado econmico-patrimonial y en el Estado de liquidacin del Presupuesto. Se formular teniendo en cuenta que: El modelo de la Memoria recoge la informacin mnima a cumplimentar. Deber indicarse cualquier otra informacin no incluida en el modelo de la Memoria que sea necesaria para facilitar la comprensin de las cuentas anuales objeto de presentacin, con el fin de que las mismas reflejen la imagen fiel del patrimonio, de la situacin financiera, del resultado econmico-patrimonial y de la ejecucin del Presupuesto de la entidad. Cuando en los apartados de la Memoria se incluyan cuadros para reflejar toda o parte de la informacin que se solicita ser obligatoria su cumplimentacin. La informacin contenida en la Memoria relativa al Estado de liquidacin del Presupuesto se presentar con el mismo nivel de desagregacin que ste. Cuando como consecuencia de la ausencia de operaciones exista algn tipo de informacin de la Memoria que carezca de contenido, deber identificarse haciendo constar dicha circunstancia). 1.- Organizacin. Se informar sobre: 1.1.- La poblacin oficial y cuantos otros datos de carcter socioeconmico contribuyan a la identificacin de la entidad. A ttulo enunciativo: Poblacin durante el aohabitantesPirmide poblacional:SexoVaroneshabitantesMujereshabitantesEdadHasta 10 aoshabitantesDe 11 a 20 aoshabitantesDe 21 a 30 aoshabitantesDe 31 a 40 aoshabitantesDe 41 a 50 aoshabitantesDe 51 a 60 aoshabitantesDe 61 en adelantehabitantesTitulacin:No sabe leer y escribirhabitantesTitulacin inferior a graduado escolarhabitantesGraduado escolar o equivalentehabitantesBachiller, FPII o superiorhabitantesProcedencia:NacionalidadEspaolhabitantesExtranjerohabitantesPas de origen:EspaahabitantesExtranjerohabitantesLaboralizacinPoblacin activahabitantesParadoshabitantesPoblacin activa por sectoresAgrcolahabitantesIndustriahabitantesServicioshabitantesDatos econmicosCenso de viviendas. . . . . . . . unidadesCenso de vehculos. . . . . . . . unidadesCenso de empresas. . . . . . . . unidades 1.2.- La actividad principal de la entidad en el caso de organismos autnomos, empresas pblicas, fundaciones y sociedades mercantiles.(no ser necesario informar acerca de la actividad de la Administracin General del Municipio) . 1.3.- Entidad Local de la que depende, en el caso de Organismos Autnomos, empresas pblicas o sociedades mercantiles. 1.4.- La estructura organizativa bsica, en sus niveles poltico y administrativo. Organigrama, reas de responsabilidad poltica y administrativa. (Alcalde, Presidente, Tenientes de Alcalde, Concejales Delegados, Junta de Gobierno Local, Pleno, Comisiones Informativas y cualquier otro rgano poltico que exista en la entidad. reas de responsabilidad administrativa, tales como Secretara, Intervencin, Tesorera, Urbanismo, Jefaturas de rea, de Servicio, de Seccin y de Negociado). 1.5.- El nmero medio de empleados en el ejercicio, tanto funcionarios como personal laboral. Se desglosar el personal eventual, funcionario, laboral fijo y laboral temporal. TIPONMEROEventualFuncionarioLaboral fijoLaboral temporal 1.6.- Las entidades dependientes del sujeto contable y su actividad. (Organismos Autnomos, Empresas Pblicas, Sociedades Mercantiles, Fundaciones) NaturalezaDenominacinActividadOrganismos AutnomosEntidad pblica empresarialSociedad mercantilFundacin 1.7.- Las entidades pblicas en las que participe el sujeto contable y su actividad. NaturalezaDenominacinActividad 1.8.- Las fundaciones en las que el sujeto contable forme parte de su Patronato. Nombre, objeto, otros patronos, aportacin econmica. Nombre:Objeto: Otros patronos:Aportacin: 1.9.- Principales fuentes de financiacin de la entidad y su importancia relativa. (De acuerdo con la estructura del presupuesto de ingresos de cada entidad local. Opcionalmente, se puede hacer estudio histrico. A ttulo de ejemplo, se relacionan las siguientes:) CAP.ART.CON.SUBCON.DENOMINACINTOTAL% Captulo I. Imp. Directos 1IMPUESTOS DIRECTOSSOBRE EL CAPITAL 112Imp. Sobre Bienes Inmuebles 112.01De naturaleza urbana 2. Gestin indirecta de servicios pblicos. Se informar sobre los servicios pblicos gestionados de forma indirecta indicando, para cada forma de gestin, su objeto, precio, plazo de vigencia del contrato y prrrogas en su caso, las subvenciones comprometidas durante la vida del contrato, los bienes de dominio pblico afectos a la gestin, las aportaciones no dinerarias, los anticipos reintegrables y los prstamos participativos, subordinados o de otra naturaleza concedidos por el titular del servicio al gestor y los bienes objeto de reversin. 3. Bases de presentacin de las cuentas. Se informar sobre: Principios contables: (La contabilidad de la entidad se desarrollar aplicando obligatoriamente los principios contables que se indican a continuacin: Principio de entidad contable. Constituye entidad contable todo ente con personalidad jurdica y Presupuesto propio, que deba formar y rendir cuentas. Principio de gestin continuada. Se presume que contina la actividad por tiempo indefinido. Por tanto, la aplicacin de los presentes principios no ir encaminada a determinar el valor liquidativo del patrimonio. Principio de uniformidad. Adoptado un criterio en la aplicacin de estos principios, debe mantenerse uniformemente en el tiempo y en el espacio en tanto en cuanto no se alteren los supuestos que han motivado la eleccin de dicho criterio. Si procede la alteracin justificada de los criterios utilizados, debe mencionarse este extremo indicando los motivos, as como su incidencia cuantitativa y, en su caso, cualitativa en los estados contables peridicos. Principio de importancia relativa. La aplicacin de estos principios, as como la de los criterios alternativos que en ocasiones pudieran deducirse de ellos, debe estar presidida por la consideracin de la importancia en trminos relativos que los mismos y sus efectos pudieran presentar. Por consiguiente, puede ser admisible la no aplicacin estricta de algn principio siempre y cuando la importancia relativa en trminos cuantitativos de la variacin constatada sea escasamente significativa y no altere, por tanto, la imagen fiel de la situacin patrimonial y de los resultados del sujeto econmico. La aplicacin de este principio no podr implicar en caso alguno la transgresin de normas legales. Principio de registro. Todos los hechos contables deben ser registrados en el oportuno orden cronolgico, sin que puedan existir vacos, saltos o lagunas en la informacin. El registro de los hechos debe efectuarse mediante los procedimientos tcnicos ms adecuados a la organizacin de 85 la entidad contable, de forma que se garantice la coherencia interna de la informacin. Principio de prudencia. De los ingresos slo deben contabilizarse los efectivamente realizados a la fecha de cierre del ejercicio; no deben contabilizarse aqullos que sean potenciales o se encuentren sometidos a condicin alguna. Por el contrario, de los gastos, deben contabilizarse no slo los efectivamente realizados, sino tambin, desde que se tenga conocimiento de ellos, aqullos que supongan riesgos previsibles o prdidas eventuales, con origen en el ejercicio o en otro anterior; a estos efectos deben distinguirse las prdidas potenciales o reversibles de las realizadas o irreversibles. No obstante, de acuerdo con la normativa presupuestaria vigente, estos gastos contabilizados pero no efectivamente realizados, los riesgos y prdidas, no tendrn incidencia presupuestaria, slo repercutirn en el clculo del resultado econmico-patrimonial. Principio de devengo. La imputacin temporal de gastos e ingresos debe hacerse en funcin de la corriente real de bienes y servicios que los mismos representan, y no en el momento en que se produzca la corriente monetaria o financiera derivada de aqullos. Los gastos e ingresos que surjan de la ejecucin del presupuesto se imputarn cuando, de acuerdo con el procedimiento establecido en cada caso, se dicten los correspondientes actos administrativos. No obstante, al menos a la fecha de cierre del ejercicio, dichos gastos e ingresos debern quedar imputados a la Cuenta del resultado econmico-patrimonial en funcin de la corriente real de bienes y servicios que representan. Si no puede identificarse claramente la corriente real de bienes y servicios se entender que los gastos o los ingresos se han producido cuando se reconozcan los incrementos de obligaciones o derechos, o las correcciones valorativas que afecten a elementos patrimoniales. Principio de imputacin de la transaccin. La imputacin de las transacciones o hechos contables ha de efectuarse a activos, pasivos, gastos o ingresos anuales o plurianuales de acuerdo con las reglas establecidas en este Plan de Contabilidad Pblica y dems normas que al efecto se dicten. La imputacin de las operaciones que deban aplicarse a los Presupuestos de gastos e ingresos debe efectuarse de acuerdo con los siguientes criterios: - Los gastos e ingresos presupuestarios se imputarn de acuerdo con su naturaleza econmica y, en el caso de los gastos, adems, de acuerdo con la finalidad que con ellos se pretende conseguir. Los gastos e ingresos presupuestarios se clasificarn, en su caso, atendiendo al rgano encargado de su gestin. - Las obligaciones presupuestarias derivadas de adquisiciones, obras, servicios, prestaciones o gastos en general se imputarn al Presupuesto del ejercicio en que stos se realicen y con cargo a los respectivos crditos; los derechos se imputarn al Presupuesto del ejercicio en que se reconozcan o liquiden. En los casos de conflicto entre este principio y el resto de los principios contables pblicos deben prevalecer estos ltimos, en especial los principios de registro y de devengo. Principio del precio de adquisicin. Como norma general, todos los bienes, derechos y obligaciones deben figurar por su precio de adquisicin o coste de produccin. No obstante, las obligaciones deben contabilizarse por su valor de reembolso. El principio del precio de adquisicin debe respetarse siempre, salvo cuando se autoricen, por disposicin legal, rectificaciones al mismo; en este caso deber facilitarse cumplida informacin. Principio de correlacin de ingresos y gastos. El sistema contable debe poner de manifiesto la relacin entre los gastos realizados por una entidad y los ingresos necesarios para su financiacin. El resultado econmico-patrimonial de un ejercicio estar constituido por la diferencia entre los ingresos y los gastos econmicos realizados en dicho perodo. El resultado as calculado representa el ahorro bruto, positivo o negativo. Principio de no compensacin. En ningn caso deben compensarse las partidas del activo y del pasivo del Balance, ni las de gastos e ingresos que integran la Cuenta del resultado econmico-patrimonial, ni los gastos e ingresos que integran el Estado de liquidacin del Presupuesto. Deben valorarse separadamente los elementos integrantes de las distintas partidas del activo y del pasivo. Principio de desafectacin. Con carcter general, los ingresos de carcter presupuestario se destinan a financiar la totalidad de los gastos de dicha naturaleza, sin que exista relacin directa entre unos y otros. En el supuesto de que determinados gastos presupuestarios se financien con ingresos presupuestarios especficos a ellos afectados el sistema contable debe reflejar esta circunstancia y permitir su seguimiento). Principios contables pblicos no aplicados por interferir el objetivo de la imagen fiel e incidencia en las cuentas anuales. (En aquellos casos excepcionales en los que la aplicacin de un principio contable sea incompatible con la imagen fiel que deben mostrar las cuentas anuales, se considerar improcedente dicha aplicacin. Todo lo cual se mencionar en la Memoria, explicando su motivacin e indicando su influencia sobre el patrimonio, la situacin financiera, la ejecucin del Presupuesto y los resultados de la entidad). Principios contables aplicados distintos de los principios contables pblicos para la consecucin del objetivo de la imagen fiel. (Cuando la aplicacin de los principios contables establecidos en esta norma no sea suficiente para que las cuentas anuales expresen la imagen fiel mencionada, debern suministrarse en la Memoria las explicaciones necesarias sobre los principios contables adicionales aplicados). En caso de conflicto entre dos o ms principios contables. (Deber expresarse la aplicacin jerarquizada de los mismos). Comparacin de la informacin: Explicacin de las causas que impiden la comparacin de las cuentas anuales del ejercicio con las del precedente, en su caso. El ejercicio correspondiente al ao 2006 se ha contabilizado conforme al nuevo plan de cuentas aprobado por la Orden de 23 de noviembre de 2004, por lo que para permitir la comparacin de las cuentas anuales de dicho ejercicio 2006 con las de 2005 se ha aplicado la tabla de equivalencias de las cuentas aprobadas por la IGAE y expuesta en la web www.pap.meh.es. Explicacin de la adaptacin de los importes del ejercicio precedente para facilitar la comparacin y, en caso contrario, de la imposibilidad de realizar esta adaptacin. Las cuentas de balance del ejercicio del ao 2005 que se han adaptado al nuevo plan de cuentas en el ejercicio 2006 son las siguiente (Cada entidad deber adaptar la tabla que se ofrece al nivel de desarrollo de sus cuentas): Cuenta ao 2005ImporteCuenta ao 2006Importe130 Resultados pendientes de aplicacin120 Resultados de ejercicios anteriores 14x Subvenciones de capital recibidas 100 Patrimonio 160 Prstamos a largo plazo170 Prstamos y otras deudas a largo plazo 161 Prstamos a corto plazo520 Prstamos y otras deudas a corto plazo 200 Terrenos y bienes naturales220 Terrenos y bienes naturales 202 Construcciones221 Construcciones 203 Maquinaria, instalaciones y utillaje222 Instalaciones tcnicas. 223 Maquinaria y utillaje 204 Elementos de transporte228 Elementos de transporte 205 Mobiliario226 Mobiliario 206 Equipos para procesos de informacin227 Equipos para procesos de informacin 208 Otro inmovilizado material229 Otro inmovilizado material 209 Instalaciones complejas especializadas222 Instalaciones tcnicas 220 Terrenos y bienes naturales200 Terrenos y bienes naturales 221 Infraestructuras y bienes201 Infraestructuras y bienes destinados al uso general 227 Inversiones en bienes comunales202 Bienes comunales 228 Patrimonio histrico208 Bienes del Patrimonio histrico, artstico y cultural 260 Otras Inversiones financieras permanentes  250 Inversiones financieras permanentes  270 Fianzas y Depsitos constituidos260 Fianzas y depsitos constituidas a largo plazo 280 Gastos amortizables270 Gastos a distribuir en varios ejercicios 290 Amortizacin acumulada del inmovilizado material282/284 Amortizacin acumulada del inmovilizado material/Amortizacin acumulada del Patrimonio Pblico del Suelo292 Amortizacin acumulada del inmovilizado inmaterial281 Amortizacin acumulada del inmovilizado inmaterial 420 Acreedores por devolucin de ingresos408 Acreedores por devolucin de ingresos 421 Acreedores por devolucin de ingresos por recursos de otrosEntres 457 Acreedores por devolucin de ingresos por recursos de otros entes pblicos 473 Hacienda Pblica, IVA soportado472 IVA soportado 474 Hacienda Pblica, deudora por IVA470Hacienda Pblica, deudor por varios conceptos 475 Hacienda Pblica, acreedora por conceptos fiscales475 Hacienda Pblica, acreedora por varios conceptos 477 Seguridad Social, acreedora476 Organismos de Previsin Social, acreedores. 478 Hacienda Pblica, IVA repercutido477 IVA repercutido 479 Hacienda Pblica, acreedora por IVA475 Hacienda Pblica, acreedor por varios conceptos 510 Depsitos recibidos560 Fianzas y Depsitos recibidos a corto plazo 511 Anticipos y prstamos recibidos419 Otros acreedores no presupuestarios 513 Entes Pblicos acreedores por recaudacin de recursos419 Otros acreedores no presupuestarios 515 Operaciones de Tesorera522 Deudas por Operaciones de Tesorera 518 Acreedores por IVA410 Acreedores por IVA soportado 519 Otros acreedores no presupuestarios419 Otros acreedores no presupuestarios 520 Fianzas y depsitos recibidos560 Fianzas recibidas a corto plazo 530 Inversiones financieras temporales540 Inversiones financieras temporales  540 Fianzas y depsitos constituidos565 Fianzas constituidas a corto plazo 545 Depsitos a corto plazo566 Depsitos constuidos a corto plazo 550 Entregas en ejecucin de operaciones555 Pagos pendientes de aplicacin 555 Otras partidas pendientes de aplicacin555/559 Pagos pendientes de aplicacin/Otras partidas pendientes de aplicacin 560 Depsitos constituidos565 Fianzas y Depsitos constituidos a corto plazo 561 Anticipos y prstamos concedidos449 Otros deudores no presupuestarios 562 Anticipos de caja fija(1) 568 Deudores por IVA440 Deudores por IVA repercutido 569 Otros deudores no presupuestarios449 Otros deudores no presupuestarios 572 Bancos e Instituciones de Crdito. Cuentas restringidas de recaudacin573 Bancos e Instituciones de Crdito. Cuentas restringidas de recaudacin 573 Bancos e Instituciones de Crdito. Cuentas financieras577 Bancos e Instituciones de Crdito. Cuentas financieras 890 Resultados del ejercicio129 Resultados del ejercicio 05 Avales y garantas(2) 06 Valores en depsito 07 De control de recibos y valores. Recaudadores   OBSERVACIONES(1): Aquellas entidades que no hubiesen cancelado sus anticipos de caja fija a 31 de diciembre de 2005, y como consecuencia del cambio en su tratamiento contable, a 1 de enero de 2006 el saldo existente a 31 de diciembre de 2005 en la cuenta 562 Anticipos de caja fija deber desglosarse en las cuentas siguientes del Plan de cuentas de 2004: - Las cuentas 574 Caja restringida y 575 Bancos e Instituciones de Crdito. Cuentas restringidas de pagos recogern el importe de los fondos librados por anticipos de caja fija que se encuentren materializados en medios lquidos o en saldos a favor de la entidad en entidades financieras, respectivamente. - Cuenta 558 Provisiones de fondos para pagos a justificar y anticipos de caja fija recoger el importe de los pagos efectuados a los acreedores finales con cargo a los anticipos de caja fija.(2): CUENTAS DEL GRUPO 0 Los hechos y situaciones a que se refieren estos subgrupos no son objeto de registro por partida doble. No obstante, la informacin de los compromisos de ingresos del presupuesto corriente y de los compromisos de gastos e ingresos de ejercicios posteriores se contienen en el apartado 20 de la Memoria; en cuanto a los avales y valores, en el apartado 1). Razones e incidencia en las cuentas anuales de los cambios en criterios de contabilizacin. (en su caso, se expondrn las razones del cambio de criterios de contabilizacin as como la repercusin de estos cambios en las cuentas anuales. Como ejemplo se puede citar el cambio del criterio de utilizacin de aquellas cuentas opcionales para el ente contable, como puede se la 578 Movimientos internos de tesorera o 579 Formalizacin). 4. Normas de valoracin. En este apartado de la Memoria se explican las normas de valoracin aplicadas para obtener las Cuentas anuales. (Opcionalmente, esta informacin podr incluirse en aquellos apartados de la Memoria que correspondan a los elementos patrimoniales afectados). Las Normas de Valoracin desarrollan los Principios Contables y se encuentran reguladas en la quinta parte del PGCP adaptado a la Administracin Local y contienen los criterios y reglas de aplicacin a las operaciones o hechos econmicos y a los diversos elementos patrimoniales. Las citadas Normas son de aplicacin obligatoria por todos los sujetos contables. A ttulo de ejemplo se citan los siguientes criterios aplicados: a) Inmovilizado inmaterial. (Criterios utilizados de capitalizacin, amortizacin, provisiones y, en su caso, saneamiento. Tambin se precisarn los criterios de contabilizacin de contratos de arrendamiento financiero). El inmovilizado inmaterial se registra por su precio de adquisicin que no incluye los intereses derivados de su financiacin o por el coste de produccin cuando son elementos construidos por la propia Entidad (Cada Entidad tiene que explicar los criterios aplicados para calcularlo y capitalizarlo). La Entidad amortiza su inmovilizado inmaterial segn los criterios establecidos por el Pleno en su sesin de fecha ... (Cada Entidad reproducir sus criterios de amortizacin. En caso de dotar provisiones se explicarn aqu los motivos y el criterio para calcularlas). Los elementos materiales adquiridos en rgimen de arrendamiento financiero se contabilizan por el valor al contado del bien, reflejndose igualmente la deuda total por las cuotas ms la opcin de compra. Los derechos registrados como activos inmateriales se amortizan atendiendo a la vida til del bien objeto del contrato. b) Inmovilizado material, bienes destinados al uso general y patrimonio pblico del suelo. (Criterios sobre: Amortizacin, capitalizacin de intereses, contabilizacin de costes de ampliacin, modernizacin y mejoras, determinacin del coste de los trabajos efectuados por la entidad para su inmovilizado, actualizaciones de valor practicadas al amparo de revalorizaciones legalmente establecidas, indicando la ley que las autoriza). El Inmovilizado material se ha contabilizado por su precio de adquisicin o coste de produccin cuando son bienes construidos por la propia Entidad (Cada Entidad tiene que explicar los criterios aplicados para calcularlo). En el coste del inmovilizado no se incluyen los intereses derivados de su financiacin. La Entidad amortiza su inmovilizado material segn los criterios establecidos por el Pleno en su sesin de fecha ... (Cada Entidad reproducir sus criterios de amortizacin). De esta forma las cuotas de amortizacin se calculan por el mtodo lineal. Para cada perodo su importe se calcula dividiendo la base amortizable neta entre los aos que falten hasta la finalizacin de la vida til del elemento a amortizar. La contabilizacin de los costes de ampliacin, modernizacin y mejora siempre que incrementen la vida til del bien o su capacidad productiva se contabilizan como mayor valor del inmovilizado. Bienes destinados al uso general. Las inversiones destinadas al uso general se han contabilizado por su precio de adquisicin o coste de produccin cuando son bienes construidos por las propia Entidad. (Cada Entidad tiene que explicar los criterios aplicados para calcularlo). Las inversiones que figuran en el activo corresponden a inversiones que todava no han finalizado. No se aplican correcciones valor. El Patrimonio pblico del suelo se ha contabilizado por su precio de adquisicin o coste de produccin cuando son bienes construidos por la propia Entidad. (Cada Entidad tiene que explicar los criterios aplicados para calcularlo)..Aquellos elementos integrantes del P.P.S. que renen las caractersticas para ello, se han amortizado aplicando los criterios anteriormente comentados. c) Inversiones financieras, distinguiendo a corto y a largo plazo, indicando los criterios de valoracin y, en particular, precisando los seguidos sobre correcciones valorativas y, en su caso, el devengo de intereses. Las inversiones en valores negociables, tanto a corto como a largo, se han valorado al precio de adquisicin en el momento de la compra o suscripcin. (No obstante, los valores admitidos a cotizacin en un mercado secundario organizado se contabilizan al final del ejercicio al precio de adquisicin o a precio de mercado si ste fuera menos. En este ltimo caso se dota la correspondiente provisin para reflejar la depreciacin experimentada calculada como establece el Plan General de Contabilidad Pblica adaptado a la Administracin Local y debe explicarse en este apartado). (Los valores no admitidos a cotizacin tienen el mismo criterio de valoracin comentado. En este caso debern explicarse los criterios seguidos para calcular la provisin y tambin explicarse en este apartado). El criterio en el devengo de intereses es el siguiente ... (debe explicarse el criterio aplicado). d) Deudas, distinguiendo a corto y a largo plazo, indicando los criterios de valoracin, as como los de imputacin a resultados de los gastos por intereses o primas diferidas. El corto y largo plazo de las deudas se clasifica en funcin de los vencimientos a la fecha del balance, considerando corto aquellas deudas con vencimiento en el ejercicio siguiente al que se cierran y largo las que superan dicho perodo. Las deudas se valoran por su valor de reembolso. (La diferencia entre dicho valor y la cantidad recibida figurar separadamente en el activo del Balance, imputndose a resultados en las cantidades que corresponda de acuerdo con un criterio financiero que debe explicarse aqu). e) Provisiones para insolvencias, indicando el mtodo de estimacin y los criterios de determinacin de la cuanta de los derechos de difcil o imposible recaudacin. Opcionalmente, esta informacin podr incluirse en aquellos apartados de la Memoria que correspondan a los elementos patrimoniales afectados. La provisin de dudoso cobro se calcula aplicando los criterios establecidos para ello por el Pleno de la Entidad en sesin de fecha ... (Cada Entidad reproducir aqu el mtodo de estimacin establecido y los criterios de determinacin aplicados). 18. Acontecimientos posteriores al cierre. En este apartado se informa de los siguientes hechos producidos con posterioridad a la fecha de cierre y que, por tanto, no se incluyen en las cuentas anuales obtenidas pero que hubieran influido en el resultado obtenido de haberse conocido o cuyo conocimiento se considera til para el objetivo de que la Cuenta General represente fielmente la realidad. A ttulo enunciativo, se citan los siguientes: Rectificacin de saldos iniciales por errores u omisiones. Facturas del ejercicio recibidas con posterioridad al 31 de diciembre. Informacin sobre el saldo de la cuenta 554 ingresos pendientes de aplicacin. Informacin sobre el saldo de la cuenta 555 pagos pendientes de aplicacin Informacin sobre el saldo de la cuenta 559 otras partidas pendientes de aplicacin. Informacin sobre la determinacin de los deudores de dudoso cobro. Informacin sobre reclamaciones en va administrativa o judicial pendientes de resolucin, que puedan dar lugar al pago de indemnizaciones, intereses de demora, sanciones y costas. (relacionar las partidas presupuestarias, el importe y la descripcin). MEMORIA CUENTA GENERAL SIMPLIFICADA  PAGE 1 %&L; < @ L M O c h     / 1 2 6 8 9 @ A K L M T U _ ` a e g h u v     ŽŽŽŽCJaJPJ5CJ\aJ 5PJ\5\CJ 5>*CJ\ 5CJ\6B*OJQJ]ph3f6B*]ph3f5OJQJ\>*CJ G%&'L; < O c $ed ^ea$ $hd ^ha$ & F d  $ & F d a$$d a$$d a$d )$d $d%d&d'dNOPQa$4pfpc    0 1 N`B $d $Ifa$$$IfT40 & & 02  2 22  24a $d $Ifa$$d a$nd [$\$^n`1 2 7 8 vj^ $d $Ifa$ $d $Ifa$$$IfT40 & & 02  2 22  24a8 9 A L vPj^ $d $Ifa$ $d $Ifa$$$IfT40 & & 02  222  24aL M U ` a f g vPj^vj^ $d $Ifa$ $d $Ifa$$$IfT40 & & 02  2@22  24ag h v vhj^ $d $Ifa$ $d $Ifa$$$IfT40 & & 02  222  24a vpj^vpj^vpj^ $d $Ifa$ $d $Ifa$$$IfT40 & & 02  2@22  24a vpj^ $d $Ifa$ $d $Ifa$$$IfT40 & & 02  2@22  24a   + , 8 9 vpj^vxj^v8j^ $d $Ifa$ $d $Ifa$$$IfT40 & & 02  2@22  24a * + , 7 9 : Q R \ ] ^       * + , ; = > D E O P Q [ \ f g h v x y    0 1 5CJ\aJ 5PJ\5\CJaJPJ[9 : R ] xl` $d $Ifa$ $d $Ifa$$$IfT0 & & 02  2 22  24a] ^ xl`xl`xl`x<l $d $Ifa$ $d $Ifa$$$IfT0 & & 02  222  24a l<` $d $Ifa$$$IfT0 & & 02  2 22  24a $d $Ifa$   xPl` $d $Ifa$ $d 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