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Se inicia el Finaliza el EL /LA /SECRETARIO/A EXPEDIENTE DE RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CREDITOS EJERCICIO: NUM /201x PROVIDENCIA Examinada la relacin de facturas que ha hecho constar la Secretara-Intervencin referida a la necesidad de reconocer obligaciones procedentes de ejercicios cerrados por servicios y suministros, no contabilizados en el ejercicio en que han sido prestados, dada la inexistencia de crdito, dispongo: PRIMERO.- Que se emita informe por Secretara en relacin con el procedimiento y la legislacin aplicable para proceder a la aprobacin del reconocimiento extrajudicial de crditos. SEGUNDO.- Que se emita informe de Intervencin sobre la idoneidad de seguir dicho procedimiento y la existencia de crdito que permita contabilizar las facturas que sern objeto de reconocimiento extrajudicial por el Pleno. En ..........................., a .....de ......................... de 20.... EL /LA / ALCALDE/SA Fdo.:.............................   INFORME DE SECRETARIA De acuerdo con lo ordenado por la Alcalda mediante Providencia de fecha _________, y en cumplimiento de lo establecido en el artculo 3.a) del Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, por el que se regula el Rgimen Jurdico de los funcionarios de Administracin Local con habilitacin de carcter nacional, se emite el siguiente INFORME PRIMERO. El RD Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLHL) y el Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, establecen que el ejercicio presupuestario coincidir con el ao natural y a l se imputarn las obligaciones reconocidas durante el mismo. Adems, en virtud de lo establecido en los artculos 173.5 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales y 25.1 del Decreto 500/1990, de 20 de abril, no pueden adquirirse compromisos de gastos por cuanta superior al importe de los crditos autorizados en los estados de gastos, viciando de nulidad de pleno derecho las Resoluciones y actos administrativos que infrinjan la expresa Norma, sin perjuicio de la responsabilidad a que haya lugar. No obstante lo anterior, para regularizar tales gastos que no han sido aplicados en ninguna partida del ao presupuestario en el que debieran ser descontados, debe procederse al reconocimiento extrajudicial de crditos, reconociendo obligaciones correspondientes a ejercicios anteriores, que por cualquier causa no lo hubieran sido en aquel al que correspondan, atribuyendo al Pleno de la Corporacin tal reconocimiento, siempre que no exista dotacin presupuestaria. SEGUNDO. La Legislacin aplicable es la siguiente: Artculo 92.3.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Rgimen Local. Artculo 163 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Rgimen Local. Artculo 4.1.a) del Real Decreto 1174/ 1987, de 18 de septiembre, por el que se regula el Rgimen Jurdico de los funcionarios de Administracin Local con habilitacin de carcter nacional. Artculos 163, 169.6, 173.5, 176 a 179 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Artculos 25.1, 26.1, 60.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, que desarrolla el Captulo primero del Ttulo sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales. TERCERO. El expediente para llevar a cabo el reconocimiento extrajudicial de crditos contendr la siguiente documentacin: Informe de Intervencin que ponga de manifiesto la viabilidad de la aprobacin del Reconocimiento extrajudicial de crditos. Propuesta de la Alcalda, que ser elevada al Pleno para su aprobacin, siendo suficiente la adopcin del acuerdo por mayora simple. CUARTO. Si no existiera consignacin presupuestaria suficiente para el reconocimiento extrajudicial de los crditos descritos anteriormente, deber tramitarse de manera previa un expediente de modificacin del presupuesto. Dicha modificacin podr realizarse por medio de crditos extraordinarios, ampliaciones de crdito, suplementos de crdito, transferencias de crditos, etc.; procedimientos regulados en el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales. En ..........................., a .....de ......................... de 20.... EL /LA / ALCALDE/SA Fdo.:............................. EL/LA SECRETARIO/A, Fdo.:.............................  INFORME DE INTERVENCIN De acuerdo con lo interesado en la Providencia de Alcalda de fecha _______, y de conformidad con lo establecido en el artculo 3 del Real Decreto 1174/1987, de 18 de Septiembre, por el que se aprueba el rgimen jurdico de los funcionarios de Administracin Local con Habilitacin de carcter nacional, se emite el siguiente INFORME I.-- ANTECEDENTES 1.- En el ejercicio 20xx, se han realizado una serie de servicios y suministros por diversos proveedores, sin haberse fiscalizado previamente los actos que dan lugar al reconocimiento de las obligaciones derivadas de tales prestaciones y, por ello, prescindiendo del procedimiento legalmente establecido. 2.- Se presentan en esta Intervencin diversas facturas emitidas en legal forma que detallan las prestaciones llevadas a cabo por diversos proveedores que originan una obligacin legal de proceder a su pago, pues en caso contrario se originara un enriquecimiento injusto para la Administracin . No obstante, se debern exigir las correspondientes responsabilidades a que hubiere lugar al no existir crdito suficiente y adecuado en el presupuesto del ao en que se han realizado las prestaciones que deben ser objeto de reconocimiento y posterior pago. 3.- En el vigente presupuesto del ejercicio se ha consignado el crdito suficiente y adecuado para poder reconocer las obligaciones que dan lugar a la tramitacin del presente expediente. Si no existiera consignacin presupuestaria suficiente para el reconocimiento extrajudicial de los crditos descritos anteriormente, deber tramitarse de manera previa un expediente de modificacin del presupuesto. Dicha modificacin podr realizarse por medio de crditos extraordinarios, ampliaciones de crdito, suplementos de crdito, transferencias de crditos, etc 4.- En cada una de las facturas consta la conformidad del encargado del servicio acreditando la prestacin efectiva del suministro o servicio, con el visto bueno del Sr/a Concejal/a.(Alcalde/sa) II.-- LEGISLACION APLICABLE: Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Rgimen Local. Real Decreto Legislativo 781/1986, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de rgimen Local.(art 176). Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.(TRLRHL) Real Decreto 500/90, de 20 de abril, Reglamento Presupuestario.(arts 58,59 y 60). Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre, Reglamento de Organizacin, Funcionamiento y Rgimen Jurdico de las Entidades Locales.(art 50). Bases de Ejecucin del Presupuesto.(art 4). III.-- TRAMITACIN: Se ha de justificar el cumplimiento de las siguientes actuaciones: Propuesta razonada de la Unidad Gestora o del Concejal delegado ,responsables de la realizacin del gasto. Informe de la Intervencin. Dictamen de la Comisin Informativa de Hacienda (all donde exista). Acuerdo del Pleno de la Corporacin, con el qurum de mayora simple. . Examinada la documentacin que integra el EXPEDIENTE: Factura/s presentada/s por la empresa/s por importe de . Conformidad de las facturas por parte del encargado del servicio y con el v b del concejal Existencia de crdito suficiente y adecuado en el vigente presupuesto en vigor (crditos iniciales o por aprobacin de la modificacin presupuestaria) , y a la vista de la legislacin examinada, se emiten las siguientes IV. CONSIDERACIONES JURIDICAS: 1.- El Presupuesto vigente es el Presupuesto Definitivo de la Corporacin para el ao 20xx. 2.- La Legislacin Aplicable, al reconocimiento extrajudicial de crditos correspondientes a ejercicios cerrados, es la que se detalla en el apartado I 3.- En la documentacin que integra el Expediente queda acreditada la Deuda contrada por el Ayuntamiento de _________ con la Empresa ___________ en concepto de _____________________ 4.- El expediente de RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CREDITOS nmero /20xx, quiebra el principio de anualidad presupuestaria del gasto; no obstante , al estar acreditadas las obligaciones del Ayuntamiento de __________ la Empresa _______, sin perjuicio de la exigencia de las responsabilidades que procedan, estar obligada a reconocerlas. 5.- En la partida ____________ del Presupuesto de la Corporacin del ao 20xx se ha incrementado el crdito disponible, suficiente y adecuado a travs del Expediente de Modificacin de Crdito nmero /20xx, para hacer frente al Expediente de Reconocimiento Extrajudicial de Crdito nmero /20xx, por un importe total de ______ euros. 6.- El rgano competente para su aprobacin es el Pleno de la Corporacin, previo dictamen de la Comisin Informativa de Hacienda (all donde exista) En consecuencia, SE FISCALIZA DE CONFORMIDAD el Expediente de Reconocimiento Extrajudicial de Crditos nmero /20xx, por un importe total de ______ euros, a favor de la Empresa _______ En ..........................., a .....de ......................... de 20.... EL/LA INTERVENTOR/A, Fdo.:............................. PROPUESTA DE ALCALDA Visto el informe de Secretara emitido en fecha ..... de ......................... de 20...., en relacin con el procedimiento y la Legislacin aplicable para proceder al reconocimiento extrajudicial de los crditos que a continuacin se detallan : EjercicioConceptoPartida presupuestaria ejercicio vigente Visto el informe de Intervencin de fecha ..... de ......................... de 20...., en el que se estableca la viabilidad del expediente, por el concejal de Hacienda se explica la propuesta de la Alcalda, dando detalle de los diversos gastos que integran el expediente. Se propone la adopcin del presente: ACUERDO PRIMERO. Aprobar el reconocimiento de los crditos antes expresados, todo ello sin perjuicio de exigir las correspondientes responsabilidades por la realizacin de gastos sin la correspondiente partida presupuestaria. SEGUNDO. Aplicar con cargo al Presupuesto del ejercicio 20__, los correspondientes crditos _______________________, con cargo a las partidas que a continuacin se indican: EjercicioConceptoPartida presupuestaria ejercicio vigenteTERCERO.- Que se proceda por la Intervencin Municipal a su contabilizacin en las partidas correspondientes. En ..........................., a .....de ......................... de 20.... EL /LA / ALCALDE/SA Fdo.:.............................   DICTAMEN DE LA COMISION DE HACIENDA.- En ..........................., a ..... de ......................... de 20...., se reuni la Comisin Informativa de Hacienda, para celebrar sesin ordinaria a los efectos de examinar el expediente de reconocimiento extrajudicial de crditos n / 20xx, previa convocatoria efectuada en tiempo y forma. Una vez comprobado que asisten la mayora absoluta de sus miembros, se procedi a su estudio, siendo el importe a reconocer de ________ , constando en el expediente las partidas presupuestarias a las que afectan los gastos. Visto el informe favorable de Intervencin, y dada cuenta por el concejal de Hacienda de la propuesta remitida por los servicios administrativos, la Comisin por unanimidad, prest su conformidad a la propuesta, elevando el expediente dictaminado al Pleno para su aprobacin. EL/LA /SECRETARIO/SECRETARIA ACUERDO DEL PLENO PUNTO NUM .EXPEDIENTE DE RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CREDITOS. Se dio lectura al dictamen emitido por la Comisin de Hacienda en sesin celebrada el da ..... de ......................... de 20...., que dictamin favorablemente el expediente de reconocimiento extrajudicial de crditos n ______ Visto el informe de Secretara emitido en fecha ..... de ......................... de 20...., en relacin con el procedimiento y la Legislacin aplicable para proceder al reconocimiento extrajudicial de los crditos que a continuacin se detallan : EjercicioConceptoPartida presupuestaria ejercicio vigente Y el informe de Intervencin de fecha ..... de ......................... de 20...., en el que se estableca la viabilidad del expediente, por el concejal de Hacienda se explic la propuesta de la Alcalda, dando detalle de los diversos gastos que integran el expediente. A continuacin se abri el turno de intervenciones, tomando la palabra el concejal La Corporacin, una vez deliberado el asunto, adopt por el siguiente ACUERDO PRIMERO. Aprobar el reconocimiento de los crditos antes expresados, todo ello sin perjuicio de exigir las correspondientes responsabilidades por la realizacin de gastos sin la correspondiente partida presupuestaria. SEGUNDO. Aplicar con cargo al Presupuesto del ejercicio 20__, los correspondientes crditos _______________________, con cargo a las partidas que a continuacin se indican: EjercicioConceptoPartida presupuestaria ejercicio vigenteTERCERO.- Que se proceda por la Intervencin Municipal a su contabilizacin en las partidas correspondientes. CERTIFICADO DEL ACUERDO DEL PLENO D/ Secretario/a del Ayuntamiento de (Toledo). CERTIFICO: Que el Pleno del Ayuntamiento en sesin celebrada el da ..... de ......................... de 20...., adopt, entre otros el siguiente acuerdo: Punto .- RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CREDITOS.- Dada cuenta del dictamen emitido por la Comisin Especial de Cuentas en relacin al expediente tramitado para el reconocimiento extrajudicial de crditos n /20xx, y visto el informe de Secretara e Intervencin, el Pleno, una vez deliberado el asunto, acord por _____________________ PRIMERO. Aprobar el reconocimiento de los crditos antes expresados, todo ello sin perjuicio de exigir las correspondientes responsabilidades por la realizacin de gastos sin la correspondiente partida presupuestaria. SEGUNDO. Aplicar con cargo al Presupuesto del ejercicio 20__, los correspondientes crditos _______________________, con cargo a las partidas que a continuacin se indican: EjercicioConceptoPartida presupuestaria ejercicio vigente TERCERO.- Que se proceda por la Intervencin Municipal a su contabilizacin en las partidas correspondientes. Y para que conste, y a los efectos de unirse al expediente tramitado, expido el presente, de orden y con el visto bueno del Sr Alcalde, en a ..... de ......................... de 20... . VB EL/LA ALCALDE/SA,  Art. 176 1. Con cargo a los crditos del Estado de Gastos de cada Presupuesto slo podrn contraerse obligaciones derivadas de adquisiciones, obras, servicios y dems prestaciones o gastos en general, que se realicen en el ao natural del ejercicio presupuestario. 2. No obstante, lo dispuesto en el apartado anterior, se aplicarn a los crditos del Presupuesto vigente, en el momento de su reconocimiento, las obligaciones siguientes: a) Las que resulten de la liquidacin de atrasos a favor del personal que perciba sus retribuciones con cargo a los Presupuestos Generales de la Entidad Local. b) Las derivadas de compromisos de gastos debidamente adquiridos en ejercicios anteriores, previa incorporacin de los crditos en el supuesto establecido en el art. 182.3.  Art. 58 El reconocimiento y liquidacin de la obligacin es el acto mediante el cual se declara la existencia de un crdito exigible contra la Entidad derivada de un gasto autorizado y comprometido. Art. 59 Previamente al reconocimiento de las obligaciones, habr de acreditarse documentalmente ante el rgano competente, la realizacin de la prestacin o el derecho del acreedor de conformidad con los acuerdos que en su da autorizaron y comprometieron el gasto. Art. 60 1. Corresponder al Presidente de la Entidad Local o al rgano facultado estatutariamente para ello, en el caso de Organismos Autnomos dependientes, el reconocimiento y la liquidacin de obligaciones derivadas de los compromisos de gastos legalmente adquiridos. 2. Corresponder al Pleno de la Entidad el reconocimiento extrajudicial de crditos, siempre que no exista dotacin presupuestaria, operaciones especiales de crdito, o concesiones de quita y espera.  Art. 50 679MNOds  " $ & , v w &  ߻|vpfߧbh.ch9)CJOJQJ hHGCJ h9)CJ hCJh9)OJQJ^Jh9)>*OJQJ^Jh9)5>*CJOJQJ\^Jh9)hOJQJhHGOJQJh9)OJQJh9)5CJOJQJ\^Jh9)5CJOJQJ\h9)CJOJQJ^Jh9)5CJOJQJ\^J h9)CJ"789NOPQR\cxx $d$Ifa$d 8!]kd$$IfF##033333333333364 Fa $$Ifa$$dha$ cd}x$d$If]a$ d$Ifnkd$$IfF0~!064 Fax$d$If]a$ d$Ifnkd($$IfF0~!064 Fax$d$If]a$ d$Ifnkd$$IfF0~!064 Fax$d$If]a$ d$IfnkdT$$IfF0~!064 Fax$d$If]a$ d$Ifnkd$$IfF0~!064 Fa  x$d$If]a$ d$Ifnkd$$IfF0~!064 Fa  " % x$d$If]a$ d$Ifnkd$$IfF0~!064 Fa% & ' ( ) * + , Z h v w {$a$n^n  8!dnkd$$IfF0~!064 Fa  $d,^a$ PP`$d,PP`a$$PPa$ PP^$d,PP^a$ PP^  !  6 7 8 : ; Q g  08K*+/ZiҷwƷҷh h9)5B* \phphBkh9)CJOJQJh h9)B* phphhosh9)CJOJQJh9)OJQJ\aJh9)CJOJQJ\^JaJh9)OJQJ^JaJh9)CJOJQJ\^JaJh9)OJQJ^J h9)5\h9)h9)CJOJQJ.     6 7 8 9 : Q e\$PPa$GkdB$$IfF0)$op64 Fa$d,PP$Ifa$B$ b ((((((((((((((((d,PP$Ifa$ Q R 8{~K $d,^a$ & F tWPP^`WPP & F lWPP^`W$PPa$ PP`$d,PP$Ifa$B$ b ((((((((((((((((d,PP$Ifa$ $d,^a$ *+rz""""$d,PP`a$ $d,PPa$ PP`$PPa$Gkd$$IfF0)$op64 Fa invwrz """""""##$$D%E%F%q%ƻ崩囐oooZ(hmh9)6B* CJOJQJ^Jphp&jh9)0J6CJOJQJU^Jh9)6CJOJQJ^Jh9)CJOJQJ\h9)CJOJQJhmhBkh9)B* php hBkh9)hBkhBkB*phhBkh9)OJQJ\^Jh9)CJOJQJ^Jh h9)h hBkB* phph h9)B* php"=##g$$F%s%%%7&S&&&&''$d,PP-DM `a$$ & F OOEd,PP^O`Ea$$d,PP`a$$ & F lWd,PP^`Wa$q%r%s%z%%%%&&&&&&&'(I*i*m*n*ķĪ{ϝo`TϝI*OJQJ\^Jh9)OJQJ\^J(hmh9)6B* CJOJQJ^Jphp5jhmh9)0J6B* CJOJQJU^Jphp'((I*J*i**_+,s-.a/00m00 $d,PPa$ $d,PPa$ d,^`$d,PP-DM `a$$d,PP`a$$ & F OOEd,PP^O`Ea$n*******7+_+c+++++++,,,,X,c,e,f,g,,,,,}}hhhR+hmh9)6B* CJOJQJ\^Jphp(hmhmB* CJOJQJ\^Jphp"hmB* CJOJQJ\^Jphp(hmh9)B* CJOJQJ\^Jphph9)6CJOJQJ\^Jh9)CJOJQJ\^Jh9)CJOJQJ\^Jh9)CJOJQJ^J%hmhmB* CJOJQJ^Jphp%hmh9)B* CJOJQJ^Jphp,,- - -s-w-x------'.G....../-/M/`/a//qbLq+hmhm6B* CJOJQJ\^Jphphm6CJOJQJ\^Jh9)6CJOJQJ\^J(hmhmB* CJOJQJ\^Jphp"hmB* CJOJQJ\^Jphph9)CJOJQJ\^Jh9)CJOJQJ\^J(hmh9)B* CJOJQJ\^Jphp+hmh9)6B* CJOJQJ\^Jphp%hm6B* CJOJQJ\^Jphp////0000l0m00000000л~laRC6Ѝ0 hCJh9)OJQJ\^JaJh9)CJOJQJ\^JaJh9)CJOJQJ\^JaJh9)OJQJ\^J#h9)6CJOJQJ\]^JaJh9)6CJOJQJ]^Jh9).hmh9)6>*B* CJOJQJ\^Jphp"hmB* CJOJQJ\^Jphp(hmh9)B* CJOJQJ\^Jphph9)CJOJQJ\^J(hmhmB* CJOJQJ\^JphphmCJOJQJ\^J000000001111$d,PP$Ifa$gdbr$d,PP`a$gd $PPa$gd $d,PPa$>$ b ((((((((((((((((d,PPa$ 0011*20212^2222@3H3P3Q3"4)4*4+4P4˻ꨜꐅvgZM>h6CJOJQJ]^Jh6OJQJ\^JhOJQJ\]^JhCJOJQJ\]^Jh5CJOJQJ]^JhOJQJ]^JhCJOJQJ^Jh)NCJOJQJ^J%h)NhB* CJOJQJ^Jphph/;oB* CJOJQJ^Jphp%h/;ohB* CJOJQJ^JphphCJOJQJ^JhCJOJQJ^JhCJOJQJ11111{hThGd,PP$If^Ggdbr$d,PP$Ifa$gdbrkd$$IfFF$' 06    4 Faytbr11111{hThGd,PP$If^Ggdbr$d,PP$Ifa$gdbrkd$$IfFF$' 06    4 Faytbr12222{hThGd,PP$If^Ggdbr$d,PP$Ifa$gdbrkd$$IfFF$' 06    4 Faytbr2223@3H3"444{hhhYhhh$d,PPa$gd$d,PP`a$gdkdX$$IfFF$' 06    4 FaytbrP444 55#55556666696<6?667.797Q:wkXkEk%hhB* CJOJQJ^Jphp%h)Nh9)B* CJOJQJ^Jphph9)CJOJQJ^Jh9)OJQJ^Jh9)CJOJQJ^JhCJOJQJ\^JaJhOJQJ^JaJhCJOJQJ\^JaJhOJQJ^J h5\hCJOJQJ^JhCJOJQJ^JhCJOJQJ^J%h%hB* CJOJQJ^Jphp444 5 5555cOGd,PP$If^Ggdbrkd $$IfFF$' 06    4 Faytbr$d,PP$Ifa$gdbr55555vcOcGd,PP$If^Ggdbr$d,PP$Ifa$gdbrkd $$IfFF$' 06    4 Faytbr55555vcOcGd,PP$If^Ggdbr$d,PP$Ifa$gdbrkd $$IfFF$' 06    4 Faytbr55555vcPA$d,^a$gd$d,PP`a$gd$d,PP`a$gdkdX $$IfFF$' 06    4 Faytbr5555566666\Jkd $$IfF0)$op64 Faytbr$d,PP$Ifa$gdbrE$ b ((((((((((((((((d,PP$Ifa$gdbr 6<6l7f9::;I;2<+=5=>=g=$d,PP$Ifa$ $d,PPa$$1$ $d,PPa$$d,PP`a$$d,PP`a$gd Q:`::::;I;;;(<1<b<<+=h===>>1?9?A?B?@@@@K@@qdWHh9)6CJOJQJ]^Jh9)6OJQJ\^Jh9)OJQJ\]^Jh9)CJOJQJ\]^Jh9)5CJOJQJ]^Jh9)OJQJ]^Jh9)CJOJQJ^Jh9)CJOJQJ^J%h%h9)B* CJOJQJ^Jphph9)5CJOJQJ\h9)h9)OJQJ^Jh9)CJOJQJ^J%hh9)B* CJOJQJ^Jphpg=h=i=j=k=~n]nGd,PP$If^G$d,PP$Ifa$kd $$IfFF$' 06    4 Fak=l=m=n=o=~n]nGd,PP$If^G$d,PP$Ifa$kdC $$IfFF$' 06    4 Fao=p=q=r=s=~n]nGd,PP$If^G$d,PP$Ifa$kd $$IfFF$' 06    4 Fas=t=u=>>>>0?1?9?@@~nnnnnnnbnn $d,PPa$$d,PP`a$kd$$IfFF$' 06    4 Fa @@@@@@@AAYHGd,PP$If^Gkdq$$IfFF$' 06    4 Fa$d,PP$Ifa$$d,PP`a$@@@ AAyAzAAB BBBBdCoCvCCCCDDDDDteVI<h6OJQJ\^JhOJQJ\]^JhCJOJQJ\]^Jh5CJOJQJ]^JhOJQJ]^J%hhB* CJOJQJ^Jphp%hh9)B* CJOJQJ^Jphph9)CJOJQJh9)>*CJOJQJh9)OJQJ^Jh9)CJOJQJ^JhCJOJQJ^JhCJOJQJ^Jh9)CJOJQJ^Jh9)CJOJQJ^JAAAAAyiXiGd,PP$If^G$d,PP$Ifa$kd+$$IfFF$' 06    4 FaAAAA AyiXiGd,PP$If^G$d,PP$Ifa$kd$$IfFF$' 06    4 Fa A AyAABBBCyfZJJDJ `$d,PP`a$ $d,PPa$$d,PP`a$gdkd$$IfFF$' 06    4 FaCDEEEEEEEKkdY$$IfFF$' 06    4 Fa$d,PP$Ifa$$d,PP`a$$d,PP`a$gdDDELEEEEEEEEFGGGGGGGGG&GrI JƺƮƏƂxk_YLCY< h9)6CJh9)5CJ\h9)>*CJ\mH sH  h9)CJjh9)0JCJUh9)5OJQJ\^Jh9)OJQJ^Jh9)5CJOJQJ\%h%h9)B* CJOJQJ^JphphCJOJQJ^Jh9)CJOJQJ^Jh9)CJOJQJ^Jh9)CJOJQJ^J%h%hB* CJOJQJ^JphphCJOJQJ^Jh6CJOJQJ]^JEEEEEEE]kd$$IfFF$' 06    4 Fa$d,PP$Ifa$Gd,PP$If^GEEEEE~n]nGd,PP$If^G$d,PP$Ifa$kd$$IfFF$' 06    4 FaEEE?FGGGGG~nnndTnH $d`a$$d,PP]a$ ]^$d,PP`a$kd$$IfFF$' 06    4 FaG&G&HHrI J!J-JJJKKMMMM| $d`a$$SdPP]^S`a$$dPP^`a$dPP^` $d`a$ J!J"J-JKKMMM| ]rtuvxy{|~ºúĺƺǺth%0JmHnHu h9)0Jjh9)0JUh9) h9)CJh9)CJOJQJ^Jh9)OJQJ^JjhbrUhbr h9)6CJUh9)OJQJ^JmH sH jh9)0JOJQJU^Jh9)5CJ\jh9)0J5CJU\ h9)CJ+Corresponde al Pleno, una vez constituido conforme a lo dispuesto en la legislacin electoral, las siguientes atribuciones: 12. Acordar las operaciones de crdito o garanta y conceder quitas y esperas, as como el reconocimiento extrajudicial de crditos.  Art. 4 3. El ejercicio presupuestario coincidir con el ao natural y a l se imputarn: c) Las obligaciones reconocidas durante el mismo que procedan de gastos realizados en ejercicios anteriores prescindiendo del procedimiento legalmente establecido, previo reconocimiento extrajudicial por el Pleno de la Corporacin, o en aplicacin de sentencia judicial firme.     AYUNTAMIENTO DE _________________ (Toledo) PAGE  PAGE 14 ]rstuwxz{}~&`#$$d,]^a$ $d`a$$SdPP]^S`a$$dPP`a$ĺźƺǺȺ$d,PP`a$&`#$h]hǺȺh9)CJOJQJ^J2 00 &P . A!"#$n% ? 000 P&P . 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